Como se había anunciado, el Gobierno Nacional de Javier Milei puso en marcha la privatización de la empresa Aguas y Saneamientos (AySA). Lo hizo a través de otro Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que entra en vigencia este mismo martes. En el revoleo, aprovecharon para flexibilizar el marco regulatorio para los futuros dueños.
Según quedó establecido en el DNU 493/25, el Ministerio de Economía de la Nación va a ejercer la titularidad del 90% del capital de la sociedad y “podrá enajenar total o parcialmente su participación accionaria”. El vocero presidencial, Manuel Adorni, había explicado que la venta de ese capital va a combinar “una licitación pública nacional e internacional para seleccionar un operador estratégico” y una oferta pública “para abrir el capital a otros inversores”.
La privatización de AySA, empresa que brinda el servicio de agua y saneamiento en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), está en los planes de la administración libertaria desde sus inicios. En todo estos meses no habían avanzado en la venta, pero sí en otros asuntos con los que pretendieron seducir a potenciales inversores. Con esto en mente, redujeron en más de 200 empleados su personal, aumentaron las tarifas en más del 300% y abandonaron una gran cantidad de obras.
En este mismo sentido, el DNU introduce importantes cambios en el marco regulatorio de la compañía que van a signar la vida de los usuarios del servicio público. Una de esas modificaciones tiene que ver con la suspensión del servicio que antes estaba permitida, pero con requisitos muy específicos.
Luz verde a los cortes de servicio y ¿Chau tarifa social?
Una de esas modificaciones, que ya entran en vigencia, tiene que ver con los cortes del servicio. AySA quedó habilitada a implementar cortes de servicio por atraso en los pagos a quienes tengan una mora de 60 días para usuarios residenciales y de 15 días para usuarios no residenciales contando a partir del segundo vencimiento.
Para eso, la concesionaria solo deberá enviar una intimación de pago, que podrá ser electrónica, con siete días hábiles de anticipación respecto del segundo vencimiento. Cumplido eso, podrá proceder al corte del servicio y una vez cobrada la deuda tendrá 48 horas (antes tenía 24) para reestablecerlo.
Otra modificación sustancial del marco regulatorio tiene que ver con la tarifa social. Según el documento, este régimen especial para usuarios con condiciones económicas particulares solo podrá estar vigente por un año. “La tarifa social subsistirá en cabeza de los usuarios beneficiados con ella durante doce (12) meses continuos“, expresa. A su vez, se estipula que la asignación y renovación del beneficio “estará sujeta a las reglas” establecidas por el Ente Regulador de Agua y Saneamientos (ERAS).