Con el objetivo de fortalecer los mecanismos de seguridad comunitarios, la Municipalidad de La Plata promulgó una ordenanza de expansión del Sistema de Videovigilancia, a través del cual se integrarán las cámaras de seguridad de vecinos y comerciantes. Las imágenes serán utilizadas ante requerimientos judiciales o para determinar cuestiones que se susciten en la vía pública.
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A través de su implementación, la Comuna “optimizará la coordinación, colaboración e investigación de contravenciones y delitos, la identificación de personas con pedidos de captura o de vehículos con pedido de secuestro, y la generación de mecanismos de prevención en situaciones que puedan poner en riesgo la seguridad de las personas”.
Del mismo modo, y según detalló el decreto reglamentario, “toda persona domiciliada en el partido de La Plata que desee adherirse al Programa, podrá hacerlo mediante la instalación de cámaras de seguridad en su domicilio o comercio que capten imágenes en la vía pública”; y precisó que “dos o más vecinos podrán agruparse para la colocación de las mismas”.
Los dispositivos serán visualizados por el Centro de Monitoreo Municipal (COM), en tanto que el usuario será el responsable del registro de filmaciones, las cuales podrán ser requeridas por la justicia ante un hecho delictivo.
Para ello, el COM tendrá acceso a todas las cámaras que capten imágenes en espacios públicos, las 24 horas, los 365 días del año, teniendo autorización para verificar o evaluar capturas en vivo (o en el pasado) y extracción de imágenes en el equipo instalado en el lugar.
Sobre el novedoso programa, el Secretario en Políticas Públicas en Seguridad y Justicia del Municipio, Darío Ganduglia, destacó: “Estamos fortaleciendo la seguridad con hechos y políticas de estado concretas. Queremos seguir trabajando junto al vecino porque la demanda de seguridad no tiene jurisdicción, es de la ciudadanía, y porque entendemos que a la inseguridad la combatimos entre todos”.
“No se podrán utilizar videocámaras para tomar imágenes ni sonidos de las viviendas, ni en recintos privados, fijos o móviles”, explicó el funcionario, quien aclaró que “al aplicarse esta modalidad, el COM tendrá acceso a todas las imágenes grabadas por las cámaras en pos de colaborar en la entrega de pruebas ante cualquier ilícito”.
Cámaras obligatorias sin puntos ciegos y las 24 horas
A partir de la reglamentación de la ordenanza 11.623, la iniciativa establece la obligatoriedad de la instalación de videocámaras de seguridad para “grandes superficies comerciales y cadenas de distribución, boliches nocturnos, entidades bancarias, hipermercados y de recursos financieros, centros de consumo y servicios con una superficie mayor a 1.800 m2 y estaciones de servicio” de la ciudad.
Como parte de los requisitos, toda entidad deberá instalar la cantidad de cámaras suficientes para la cobertura total sobre la línea municipal descartando, así, la existencia de puntos ciegos. Cabe destacar que las cámaras privadas deberán estar captando imágenes permanentemente, sin perjuicio de que el comercio, por ejemplo, se encuentre abierto o no.
Asimismo, la Dirección del Centro de Operaciones y Monitoreo llevará un registro de los comercios y particulares adheridos, mientras que la adquisición, colocación y posterior mantenimiento de las cámaras estará a cargo de los titulares de los establecimientos.
Por su parte, los comercios que deban adherirse obligatoriamente a la iniciativa, contarán con un plazo de 120 días para la colocación y puesta en funcionamiento de las videocámaras. Para aquellos establecimientos que cuenten con videocámaras ya instaladas, tendrán también un plazo de 120 días para la adecuación del sistema instalado a efectos que resulte compatible con la tecnología y modalidades requerida por el COM.
Registro voluntario de video cámaras
No obstante, los propietarios de establecimientos comerciales que no estén incluidos en la reglamentación, “así como los vecinos y los consorcios de propietarios sometidos al régimen de propiedad horizontal o similar, podrán proceder voluntariamente y adherirse al sistema de monitoreo compartido”.
En tal caso, se deberá manifestar mediante nota al COM su voluntad de participar en el Programa, junto con la descripción técnica de las cámaras, si las posee con anterioridad, y cumplir con la normativa establecida.
Según se informó, “la autoridad de aplicación podrá realizar inspecciones, requerir modificaciones y adecuaciones respecto al lugar y condiciones de instalación de la cámara de seguridad, y a las características técnicas de la mismas, las verificaciones y constataciones realizadas o cualquier otro dato relevante en relación a los dispositivos”.
En última instancia, la autoridad de control deberá intimar formalmente al cumplimiento. De no ser regularizada la situación, se dispondrán multas y sanciones económicas.
Dispositivo para identificar personas y vehículos
En otro orden de cosas, la gestión del intendente Julio Garro informó que mediante una aplicación móvil que se encuentra conectada a la red de datos del Ministerio de Seguridad de Nación, los agentes de la Policía Local de La Plata podrán escanear el documento de identidad de la persona y posteriormente, el sistema arrojará la foto del individuo con sus respectivos datos personales.
Asimismo, la nueva herramienta tecnológica mostrará una leyenda en verde en caso de no contar con ningún pedido de captura, mientras que un recuadro rojo alertará al agente se la persona posee algún conflicto legal con la Justicia.
Por otro lado, la aplicación podrá ser utilizada para conocer los datos del vehículo que ingresa a un control de tránsito, con la información específica que se encuentra cargada en la red nacional de datos, y con la posibilidad de saber si el rodado posee algún pedido de secuestro.
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