El Gobierno nacional ordenó que laas Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deberán dar cobertura a los trabajadores que contraigan coronavirus en los casos en que las personas se encuentren desempeñando actividades y servicios declarados como esenciales. De este modo, lo dispuso la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) mediante el decreto 367/2020.
TE PUEDE INTERESAR
También se determinó que “aquellos trabajadores que hayan contraído la enfermedad desde el 19 de marzo, tendrán la cobertura de su aseguradora debido a que la norma establece que se considerará como fecha de primera manifestación invalidante a los casos que se hayan producido desde la entrada en vigencia del Decreto 297/20”.
La SRT puntualizó que “en relación al financiamiento de las prestaciones que deben brindar las ART, las mismas serán cubiertas en un 100% por el Fondo fiduciario de enfermedades profesionales, hasta después de 60 días de finalizado el aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
TE PUEDE INTERESAR