Este año, el feriado del 17 de agosto —que conmemora el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín— cae día domingo. Por ese motivo, el Gobierno nacional estableció el viernes 15 de agosto como día no laborable con fines turísticos, lo que generó dudas en muchos sectores sobre si efectivamente se trata de un feriado o no.
Según la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y fines de semana largos, el Poder Ejecutivo puede establecer hasta tres feriados turísticos por año, que deben ubicarse en lunes o viernes para fomentar períodos de descanso prolongados. En este caso, el viernes 15 fue decretado como día no laborable puente.
¿Qué dice la ley sobre feriados trasladables?
Aunque el 17 de agosto es un feriado nacional trasladable, en 2025 no puede moverse de fecha porque ya cae en un fin de semana. La normativa establece que los feriados que caen martes o miércoles se trasladan al lunes anterior, y los que coinciden con jueves o viernes, al lunes siguiente. Pero no contempla el corrimiento si el feriado cae sábado o domingo, como ocurre este año. Por eso, no se modifica la fecha.
Esto significa que solo quienes trabajen habitualmente los domingos accederán al beneficio del feriado nacional el 17 de agosto. El resto podrá tomarse el viernes 15 de agosto, si su empleador lo permite.
Feriado nacional vs. día no laborable: ¿cuál es la diferencia?
La Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744 aclara que los feriados nacionales implican la aplicación de las normas del descanso dominical: si una persona trabaja ese día, debe cobrar el doble de su jornada habitual.
En cambio, los días no laborables son optativos para el empleador. Si decide otorgarlo como asueto, el trabajador no asiste. Pero si se trabaja, se paga salario simple, sin recargo.
Por lo tanto:
- Feriado nacional: no se trabaja y, si se trabaja, se paga doble.
- Día no laborable: el empleador decide si se trabaja o no, y se paga salario simple.
¿Cuántos feriados y días puente quedan en 2025?
El calendario de feriados nacionales de este año todavía tiene varios días destacados:
- Viernes 15 de agosto: día no laborable puente.
- Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General San Martín (feriado trasladable).
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
- Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del 20).
- Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible).
Conclusión
El viernes 15 de agosto de 2025 será un día no laborable con fines turísticos, mientras que el domingo 17 de agosto será el feriado nacional por el General San Martín, pero no se traslada. La normativa actual respalda la decisión del Gobierno de establecer este puente turístico, aunque el descanso queda a discreción del empleador en la mayoría de los casos.