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Luego de que el uso de dióxido de cloro quedara en el foco de la polémica, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la venta en todo el país de un purificador de agua que era promocionado para su fabricación.
Se trata del producto rotulado como “kit (CDS) solución de clorito de sodio al 28% (NaClO2) + ácido clorhídrico al 4% (HCl)”, difundido a través de la web como “precursor para la obtención in situ de un biocida (Dióxido de cloro), de uso exclusivo para la potabilización y desinfección de agua para consumo humano o animal”.
Junto al artículo, además, podía verse un video que detallaba el proceso de tratamiento del agua para beber a partir de agua destilada o mineral y la indicación de uso del preparado remanente como desinfectante de superficies.
Frente a esto, el Servicio de Domisanitarios informó que “no existen productos formulados a base de dióxido de cloro ni de sus precursores con esa modalidad de empleo que se encuentren registrados ante la ANMAT como potabilizadores o purificadores de agua de consumo y/o piscina, ni como desinfectantes y/o sanitizantes de superficies”.
Según explica Anmat, el dióxido de cloro es un gas amarillo o amarillo–rojizo utilizado en plantas de tratamiento de agua y en el proceso de descontaminación de construcciones que al reaccionar en agua genera iones clorito. “Ambas especies químicas son altamente reactivas y cuentan con capacidad de eliminar bacterias y otros microorganismos en medios acuosos, motivo por el cual son utilizadas como desinfectantes, en bajas concentraciones, para la potabilización de agua, entre otros uso”, detalla.
Sin embargo, aclara, “no sería admisible el registro de un producto domisanitario bajo la modalidad de empleo del producto en cuestión dado el riesgo que conlleva, por un lado, la manipulación de tales sustancias por parte del consumidor para la preparación de la formulación final, debido a las condiciones de seguridad que requiere el proceso, y a que la inhalación puede provocar efectos tóxicos como edema pulmonar, broncoespasmos, neumonitis química y edema de glotis, entre otras complicaciones”.
En este marco, la Administración citó al informe publicado el 16 de julio por la Organización Panamericana de la Salud relacionado con el consumo del dióxido de cloro y su toxicidad y al comunicado web de su propia entidad difundido el 4 de agosto donde se advierte a la población sobre los riesgos por la ingesta e inhalación de estos preparados, consumidos bajo la creencia de que ofrecen soluciones para la prevención y tratamiento de determinadas enfermedades.
Por medio de otra disposición, en tanto, la Anmat también prohibió el uso, comercialización y distribución del producto rotulado como “Alcohol Etílico al 96% M+F, contenido neto 5000 ml”, comercializado a través de redes sociales y plataformas de venta online, presuntamente “falsificado” de acuerdo a la denuncia de Fradelco Sociedad Anónima.
“Dado que la marca M+F es de titularidad de la firma Fradealco S.A. y se encuentra habilitada por esta Administración Nacional como empresa fraccionadora de alcohol medicinal, se solicitó a la responsable técnica de la firma un informe en el cual se detallaran las diferencias visuales del producto dubitado y aportara una unidad original elaborada por la firma”, sostuvo la ANMAT.
Frente a esto, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) verificó la composición del producto y comprobó que “no se correspondía con alcohol etílico y presentaba características de uso industrial con alta cantidad de impurezas y una graduación alcohólica de 46,9% vol a 20°C”.
“El Departamento actuante concluyó que las unidades de alcohol etílico de la firma en cuestión fraccionadas en envases mayores a 1000 ml (1L) no eran comercializadas para la venta al público en general, sino que eran distribuidas a empresas debidamente habilitadas como manipuladoras de alcohol que elaboraran subproductos y que dichas unidades se entregaban con una etiqueta exclusiva para envases a granel que se editaba con los datos del cliente, contenido neto, lote, fecha de fraccionamiento entre otros datos”, precisó la Administración.
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