A través del ministerio de Seguridad, el Gobierno dio a conocer el nuevo cuadro tarifario correspondiente a la nueva Tasa de Seguridad de la Aviación que regirá tanto para vuelos internacionales como de cabotaje.
Si bien la medida fue publicada el 6 de enero en el Boletín Oficial, entrará en vigencia a partir del jueves 12 de este mes, día desde el cual los pasajeros deberán abonar el gravamen siempre que embarquen en toda aeronave, ya sea comercial o no comercial, tanto en vuelos regulares, no regulares o privados.
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¿De cuánto será el impuesto?
Vuelos internacionales
Por cada pasajero embarcado en aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos de la República Argentina (SNA) tendrá como base una tarifa de 1,40 dólares.
Vuelos regionales
Al igual que en los vuelos intercontinentales, el valor de la nueva Tasa de Seguridad de la Aviación tiene un precio base de USD 1,40 por cada pasajero.
Vuelos de cabotaje
En los casos de los vuelos dentro de Argentina, el monto de la Tasa de Seguridad de la Aviación es más bajo y en pesos: por cada pasajero doméstico, el valor base será de $260 pesos.
Cabe destacar que, para definir el valor en las categorías internacionales y regionales, se tomará la cotización al tipo de cambio vendedor al cierre del día anterior al embarque, fijada por el Banco de la Nación Argentina.
Además, el nuevo tributo no podrá superar el monto equivalente al 0,25% del sueldo básico del grado jerárquico de Oficial Principal del Escalafón General del Personal Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), aprobado por la Ley N.º 26.102 y su Decreto Reglamentario N.º 836/08 y sus modificatorios.
En ese sentido, serán tres los grupos de pasajeros exentos del nuevo arancel: niños, diplomáticos y personal sanitario, militar, policial o aduanero.
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