PROGRAMA OFICIAL

Violencia de género: Brindan asistencia a familiares

El Gobierno creó el programa de asistencia integral a los familiares de las víctimas de cualquier persona que sufra violencia letal con motivos de género.

El ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación aprobó el Reglamento Operativo del "Programa para el apoyo urgente y la asistencia integral inmediata ante casos de violencia extrema por motivos de género".

Se trata de una iniciativa que apunta a acompañar a familiares y allegados de víctimas de violencia extrema por motivos de género, es decir a muertes violentas contra cualquier persona que sufriera violencia letal basada en su identidad de género, expresión de género u orientación sexual.

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La Resolución 321/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial lleva la firma de la ministra Elizabeth Gómez Alcorta y pone en vigencia la iniciativa que presta asistencia psicológica, asesoramiento legal, articulación para traslados, asesoramiento en la tramitación de la reparación establecida en la Ley 27.452 y un apoyo económico a aquellas personas del grupo familiar o allegados de víctimas de violencia extrema por motivos de género, como parte de la política de abordaje integral.

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Para ingresar al programa de asistencia a familiares de víctimas de violencia extrema de género se deberá enviar un correo electrónico a apoyourgente@mingeneros.gob.ar

Para ingresar al programa de asistencia a familiares de víctimas de violencia extrema de género se deberá enviar un correo electrónico a [email protected]

Para ingresar al programa se deberá enviar un correo electrónico a [email protected] o bien se podrá solicitar la ayuda a través del Sistema Integrado de Casos de Violencia por Motivos de Género (SICVG) del ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

Quienes necesiten percibir el apoyo económico deberán, además de completar el formulario de Solicitud de Ingreso al Programa, enviar: Copia del DNI de la persona solicitante, o copia de residencia temporal o permanente vigente, y copia de la partida de defunción de la persona víctima.

El apoyo económico consiste en el pago por única vez de una ayuda económica, no reintegrable y no remunerativa, destinada a la cobertura gastos de movilidad, traslados, alojamiento, alimentación, médicos, de sepelio, fotocopias de documentación y/o trámites, u otros gastos inherentes al fallecimiento de la víctima.

El monto es el equivalente a cuatro salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) vigente al momento de la solicitud.

Se otorgará sólo un apoyo económico a raíz del hecho de violencia extrema por motivos de género y debe solicitarse dentro de los 60 días hábiles de ocurrida la muerte.

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