¿Cómo y cuándo se implementará?

Se habilitó la práctica de deportes individuales en todo el país

En la jornada de hoy y por medio del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional autorizó el retorno de los deportes individuales en Argentina y ahora se aguardan las fechas de inicio.

La medida que el lunes tuvo lugar en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires, ahora alcanzó a todo el país con la salvedad de que cada distrito determinará la fecha en que se habilitarán cada uno de estos deportes.

En este sentido, el Intendente de la Ciudad de La Plata, Julio Garro avisó en su cuenta de twitter que ya se está trabajando, pero sin fecha programada: “Los deportes individuales son muy necesarios y sus riesgos de contagio son muy bajos. Desde el Municipio seguiremos trabajando para pronto poder ponerlos en marcha, con estrictos protocolos de seguridad sanitaria”.

Estamos hablando de la Decisión Administrativa 1518/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, en el que se solicita que se dispongan las medidas necesarias para el desarrollo de los deportes individuales con fines recreativos.

Tales actividades son los relacionados con nieve; deportes acuáticos; andinismo; atletismo; bádminton; canotaje; ciclismo (circuito fijo y BMX); ecuestre; gimnasia; golf; natación; padel single; pentathlón; pesas; remo; skateboarding; surf; tenis de mesa single; tenis single; tiro; triatlón y yatching.

Tales actividades son los relacionados con nieve; deportes acuáticos; andinismo; atletismo; bádminton; canotaje; ciclismo (circuito fijo y BMX); ecuestre; gimnasia; golf; natación; padel single; pentathlón; pesas; remo; skateboarding; surf; tenis de mesa single; tenis single; tiro; triatlón y yatching.

En el Artículo 5º se establece que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias deberán dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades mencionadas, disponiendo la fecha de inicio para cada jurisdicción.

A su vez, pudiendo estas ser implementadas gradualmente, suspendidas o reanudadas por el Gobernador, la Gobernadora, o por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de su competencia territorial, y en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria.

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