

El Gobierno lanzó el Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Aporte por Tareas de Cuidado.
El programa que contempla tareas de cuidado entrará en vigencia en agosto y apenas comience a regir el DNU, estarían en condiciones de jubilarse alrededor de 155.000 mujeres por la suma de estos aportes.
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El proyecto de tareas reconocerá un año por hijo para las mujeres y para las personas gestantes con hijos nacidos o adoptados siendo menores de edad, y dos años para todas las mujeres que hayan sido titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
La media tiene por objetivo que las mujeres que alcanzaron los 60 años de edad y no completaron los 30 años de aportes puedan jubilarse al reconocerles el trabajo de tareas de cuidado.
"Es una medida que no ofende a nadie” y que “tiene que ver con reparar desigualdades”, dijo Raverta.
Asimismo, desde ANSES se señala que el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos. “Esta medida iguala oportunidades y genera las condiciones necesarias para que miles de mujeres puedan acceder al derecho a jubilarse”, concluyen.
A quiénes les corresponde la jubilación por tareas de cuidado
En qué consiste la medida
El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:
Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.
Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Esta medida de inclusión de tareas de cuidado es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970).
Cómo realizar el trámite
Con turno previo, DNI y la o las partidas de nacimiento de tus hijas o hijos.
Los turnos estarán disponibles a partir del 1 de agosto.
Si tenés hijas e hijos con discapacidad, es necesario que lleves el Certificado de Discapacidad (CUD).
Si tus hijas e hijos son adoptados, es necesario presentar la sentencia de adopción.
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