

Cómo queda el sueldo de las empleadas domésticas en febrero de 2023. Hasta cuánto se cobrará el aumento escalonado.
Tras el aumento de sueldo a las empleadas domésticas anunciado en noviembre de 2022, te compartimos cuáles son los valores actualizados para el mes de febrero de 2023, categoría por categoría.
A fines del año pasado el Ministerio de Trabajo de la Nación anunció un aumento salarial para aquellas personas que realizan tareas de servicio doméstico y que estén registradas como tales. Éste se aplica desde los salarios del mes de diciembre y alcanzará, finalmente, un 24% de forma escalonada hasta el mes de marzo. En este sentido, el aumento correspondiente a febrero es del 5%.
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Establecida bajo la resolución 6/2022, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Socialcompartió la nueva escala de salarios para el personal con retiro y sin retiro desde febrero 2023. Para ello, lo primero que hay que tener en cuenta es diferenciar la categoría, es decir, a quienes trabajan por jornada y quienes trabajan de manera mensual.
En la categoría Supervisora:
En la categoría Personal para tareas específicas:
En la categoría caseros:
En la categoría Cuidado de personas:
En la categoría para tareas generales:
Si prestás servicios de limpieza, mantenimiento y/o asistencia en un hogar debés estar registrada en AFIP para poder acceder a tus beneficios. Las vacaciones pagas todos los años son uno de los derechos que ello debe garantizar.
¿Cómo se calculan las vacaciones de una empleada doméstica?
De acuerdo a los datos oficiales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para calcular la duración, se toma la antigüedad que tengas en el empleo al 31 de diciembre del año al que corresponden.
A su vez, las vacaciones deben pagarse antes de que empiecen y deben ser otorgadas dentro del período que comienza el 1 de noviembre del año del que se toman vacaciones y que finaliza el 30 de marzo del año siguiente.
¿Cuántos días de vacaciones le corresponden a una empleada doméstica?
Con una antigüedad menor a los 6 meses corresponden de 1 a 5 días corridos. Con más de 6 meses y hasta 5 años de antigüedad corresponden 14 días corridos. De 5 a 10 años corresponden 21 días. De 10 a 20 años: son 28 días de vacaciones y con 20 años de antigüedad son 35 días.
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