Prohibieron una marca de manteca: cuál no hay que comprar
Ante numerosas irregularidades, la Anmat decidió prohibir la venta de una marca manteca. Conocé cuál no hay que comprar.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles 11 de septiembre la elaboración, distribución y venta de una marca de manteca por no contar con los registros sanitarios necesarios. Conocé cuál no hay que comprar.
La medida fue tomada a través de la Disposición 8081/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de su titular Nélida Agustina Bisio. Según se detalló en el comunicado, la investigación comenzó a partir de consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), con relación a la autenticidad de este producto.
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Por ello, el organismo se ocupó de constatar si el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados. Así fue que la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) informó que la empresa asociada al RNE que se exhibe en el rótulo no elabora dicho producto, y el RPPA no se encuentra vigente y corresponde a otra marca.
En tanto, la empresa asociada al RNE se comunicó con la DIPA informando que ella no elabora el producto en cuyo rótulo se declara falsamente su RNE como establecimiento elaborador. Por esta razón, solicitó la prohibición de comercialización del producto a nivel nacional, como así también la publicación de la alerta alimentaria correspondiente.
A su vez, debido a que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Comercio Exterior que evalúe las medidas a adoptar.
Al tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, la Anmat declaró que se trata de un producto ilegal. Con el fin de proteger la salud de los futuros adquirientes, el producto no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18.284.
Anmat: ¿Qué marca de manteca fue prohibida?
Ante las numerosas irregularidades, la Anmat de control tomó la decisión de prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en plataformas de venta en línea del producto: “Manteca, primera calidad, pasteurizada, marca “La Campana”, RNE 02-030758, RPPA 02-533339”.
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