La Anmat prohibió la venta de un aceite de girasol
Por medio de la disposición 6901/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un aceite comestible en todo el país y pidió a la comunidad que se abstenga de consumirlo.
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Se trata de del aceite de girasol marca Finca Tío Alberto, RNPA Nº 01043058, Producido y Fraccionado por RNE Nº 4011-15979/07, que, según el organismo, es un producto ilegal al carecer de autorización de establecimiento y encontrarse falsamente rotulado.
De acuerdo al texto publicado por Anmat, las actuaciones se iniciaron a raíz de una notificación que recibió la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires. Luego, el Departamento de Bromatología de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón constató que el producto investigado carecía del etiquetado nutricional reglamentario, los datos de la razón social y el domicilio del elaborador.
Asimismo, al realizarse la consulta pertinente para verificar si el RNPA se encontraba autorizado y vigente, se constató que era “inexistente”. Frente a esto, se emitió un comunicado para alertar a la población y recomendar a los consumidores que se abstengan de usarlo y a los comerciantes que lo tengan en stock que no lo vendan y den aviso.
También Anmat recibió por parte de Senasa un documento que explicaba que el producto de Finca Tío Alberto presentaba “características organolépticas no compatibles con un aceite de girasol”.
A raíz de estas irregularidades, se determinó que este aceite no podrá ser elaborado en ninguna parte del país ni comercializado o expendido en el territorio argentino, por tratarse de productos que “no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado".
"En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de un producto ilegal, toda vez que se trate de un producto alimenticio que carece de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del alimento”, manifestaron desde Anmat.
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