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Influencers: qué dice el proyecto para regular su actividad

La Cámara de Senadores estudia un proyecto para influencers que publicitan productos a través de las redes sociales.

La Cámara de Senadores de la Nación estudia un proyecto de ley para regular la actividad económica de los "influencers", nombre que reciben los usuarios de redes sociales con un gran caudal de seguidores, quienes suelen promocionar productos de distintos rubros a través de su contenido. 

La iniciativa presentada por la oficialista sanjuanina Cristina López del Carmen Valverde comenzó a ser debatida en reunión de asesores la semana pasada y se basa en el crecimiento de estos actores en la web y el importante ingreso que generan con su actividad.

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Según reza en los fundamentos del texto original, se hace necesaria una legislación que regule “las nuevas y complejas formas de publicidad comercial propias de la era digital, dentro de los principios rectores de legalidad, libertad, veracidad y lealtad publicitaria que asegure el respeto por la persona del consumidor, defendiendo sus derechos y posibilitando su libertad de elección”.

“La iniciativa propone legislar lo referente a sus derechos y obligaciones en tanto promotor publicitario y transmisión de contenidos comerciales por las redes de telecomunicaciones por vía electrónica, la información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos, las condiciones relativas a su validez y eficacia, así como el régimen sancionador que le sea aplicable”, explica.

El proyecto enmarca dentro de publicidad digital a las siguientes prácticas de comunicación: 

  • Unboxings: consiste en que los influenciadores compartan en redes sociales el proceso de desempaquetar y/o revelar productos, servicios y/o experiencias que ofrezcan la marca/anunciante. 
  • Sorteos o giveaways: consiste en que los influenciadores realicen sorteos entre sus seguidores que involucre los productos, servicios o marcas de anunciantes. 
  • Fotos: consiste en mostrar con relevancia, describir o etiquetar una marca en fotos subidas a las redes sociales por los influenciadores. 
  • Videos: consiste en que influenciadores suban a las redes sociales imágenes en video dentro de los cuales se exalte la presencia de una marca o se la etiquete.
  • Toda otra forma de anuncio o promoción viabilizada a través de redes sociales que en el futuro pueda crearse, siempre que para su ejecución exista una contraprestación entre el influenciador y el anunciante. 

 

Asimismo, enumera los principios a los que deberá atenerse toda publicidad digital realizada por influencers en las redes: 

  • El respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por motivos de raza, género, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social.
  • La protección de la juventud y de la infancia.
  • La salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual. 
  • Todo otro derecho protegido por las leyes nacionales en la materia. 

También pone requisitos para las publicidades: 

  • Si obtiene algún redito económico por esa publicación, debe comunicar de manera clara y visible que se trata de una publicidad digital y debe incluir una etiqueta que especifique esa situación con la siguiente leyenda: #PublicacionPaga 
  • Mencionar claramente la persona física o jurídica anunciante o beneficiario de la publicidad digital.
  • Identificar de manera clara todas las comunicaciones publicitarias digitales de productos que sean inconvenientes para niños, niñas y adolescentes. 

 

En cuanto a las obligaciones del anunciante, dispone que deberá:

  • Especificar con claridad en los contratos la naturaleza publicitaria del contenido que publican. 
  • Contar con los medios de prueba que acrediten la veracidad de las afirmaciones objetivas respecto de su producto o servicio, de manera previa a su difusión.
  • Respetar las normas de difusión que regulan, condicionan o prohíben la comunicación de determinados contenidos o la publicidad de ciertos productos.
  • Asegurarse de contar con las autorizaciones o licencias para el uso de signos distintivos u obras protegidas por derechos de autor en la publicidad. 

 

El texto también hace referencia a cuándo una publicidad es ilícita, a las restricciones y prohibiciones legales que recaen sobre esta práctica y a sus respectivas sanciones. Asimismo, en los casos en que los influenciadores resulten remunerados con el cobro de un monto en dinero, dispone que deberán estar inscriptos en a la AFIP como trabajadores autónomos en condición de monotributistas o de responsables inscriptos. 

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