Inadi lanzó una guía para personas migrantes travestis-trans
La propuesta fue presentada desde el Área de Migrantes y Refugiados/as, dependiente de la Coordinación de Programas y Proyectos de la Dirección de Políticas y Prácticas contra la Discriminación del organismo.
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Según manifestaron sus propulsores, el objetivo es el de "contribuir al reconocimiento de los derechos adquiridos, medios de ejercicio e instancias de asesoramiento o denuncia, en el caso de que estos derechos hayan sido vulnerados".
"La Ley de Identidad de Género simboliza la apertura hacia un cambio de paradigma, y es tarea de todos y todas ratificarlo en cada espacio de la vida social. Garantiza en nuestro país el derecho de cualquier persona al reconocimiento de su identidad autopercibida, a ser tratada conforme a ella y a la inclusión y el acceso a derechos e igualdades de toda la comunidad travesti, transgénero y transexual", recalcaron.
Vale recordar que, en 2013, la Dirección Nacional de Migraciones y el RENAPER pusieron en funcionamiento el procedimiento para el reconocimiento del derecho de identidad de género de las personas extranjeras con residencia permanente, apátridas y refugiados.
El informe estadístico del RENAPER, que releva datos de mayo 2012 a abril de 2021, indica que desde que se aprobó la ampliación del derecho a la identidad a las personas extranjeras se han realizado 324 rectificaciones, lo que representa un 3,5% del total de personas que rectificaron el sexo y nombre de pila asignado al nacer en su DNI.
El 50% reside en la Ciudad de Buenos Aires, mientras que el 42% en la provincia de Buenos Aires y solo el 7,2% en el resto del país. De acuerdo al estudio, el 95% optó por la categoría “mujer”.
La Ley 26.743 de Identidad de Género es la primera en el mundo que no le exige a la persona ningún diagnóstico ni orden judicial para garantizar y reconocer la libre expresión de su identidad de género, a ser tratada de acuerdo a ella, al libre desarrollo de su persona y en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad.
"En este sentido, se ha constituido como referencia jurídica internacional ineludible por estar a la vanguardia en el reconocimiento de la identidad de género autopercibida, sin ningún tipo de patologización, estigmatización y/o judicialización", destaca el Inadi.
A su vez, en base al consentimiento informado de la propia persona interesada, contempla el derecho de solicitar el acceso a intervenciones quirúrgicas totales o parciales y tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género. Todas estas prestaciones de salud quedaron incluidas en el Plan Médico Obligatorio, se trate de prestadores estatales, privados u obras sociales.
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