Este martes, una camioneta terminó subida a la vereda en una esquina muy transitada de Bahía Blanca, provocando distintos daños materiales.
Sucedió a las 11 de la mañana en Chiclana casi Undiano. El vehículo, una Ford Ranger Limited 4 x 4 dominio AD 666 HC, rompió cartelería vial, un cesto de basura, y derribó un semáforo con controlador y un pilar de distribución de energía eléctrica de Edes.
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Cuando se intentó asistir al conductor, que se había descompensado, se trataba de Carlos Jorge Carlaván, propietario de Droguería Sur, uno de los empresarios con mayor poder económico de la ciudad y quien protagonizó 5 incidentes similares en los últimos 2 años y medio.
De hecho, tras uno de esos accidentes, le fue retirado el carnet de conducir hasta tanto se realizara exámenes médicos solicitados por el área de Tránsito.
Los antecedentes del empresario Carlaván
- En el 2008, atropelló a un manifestante en un piquete sobre la ruta 33, en la zona de Tornquist,.pero fue condenado por delitos leves.
- El 1 de agosto de 2021, causó daños a bienes privados cuando chocó el muro medianero de una vivienda en Caleu Caleu y Chequen, a bordo de una Dodge RAM.
- Días después, el 9 de agosto, en Chiclana al 500, embistió a un auto y huyó del lugar sin prestar la asistencia necesaria.
- Y al mes siguiente, el 21 de septiembre, impactó a seis autos en esa misma cuadra, a bodo de una Ford Ranger Limited.
- Además, el 20 de septiembre del 2022, manejando una Citroën Berlingo, continuó su marcha sobre la rotonda de Juan Pablo II y Avenida Cabrera e impactó contra una estructura de hormigón.
“No constituye delito”
Según explicó el fiscal general, Juan Pablo Fernández, están “muy limitados” al señalar que pese a los acciones tomadas, “en principio no constituye delito”.
“No hay conducción temeraria porque requiere que se trate de una prueba de velocidad o destreza con un vehículo y todos los accidentes fueron a escasa velocidad.
Tampoco es daño, porque se requiere una voluntad dirigida a dañar y en el caso de daño culposo, no es delito. Ni desobediencia porque no existe una orden directa, por una autoridad competente, de prohibición de manejar”, ejemplificó.
El funcionario judicial aclaró también que con el retiro del carnet, no estaba habilitado para manejar, por lo que es una infracción de tránsito, y que el Ministerio Público Fiscal no se ocupa de esos temas.
Por eso, el municipio dejó de lado las acciones administrativas y finalmente fue a la justicia a perir que en forma urgente se dictamine la medida cautelar de prohibición para manejar cualquier vehículo automotor/motorizado, ante el peligro que representa y previniendo situaciones de mayor gravedad.
Según la comuna, Carlaván se encuentra contraviniendo lo dispuesto por la Ley Nacional de Tránsito 24.449 Leyes Nacionales 26.363 y la Ley Provincial de Adhesión a aquellas Ley Nº 13.927, evidenciando además “un claro desprecio hacia la vida, las personas, las autoridades y asimismo un riesgo cierto e inminente para sí y para terceros”, conforme lo indica la ley de salud mental Nro. 26.657.
Para Santiago Saccoccia, miembro del comité consultivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, lo que hace el empresario “es desobediencia porque ya fue informado que no puede manejar”, y por otro lado, cuestionó la falta de controles preventivos.
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