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Anmat prohibió la venta de una miel, un café y varios snacks

La Anmat prohibió este miércoles la comercialización de una miel, un café y varios snacks por no tener los permisos necesarios. ¿Qué marcas no hay que comprar? 

Este miércoles 19 de julio, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y venta en todo el país de una marca de miel, café en granos y varios snacks por no contar con los permisos necesarios. En esta nota te contamos qué marcas no hay que comprar.

Miel

A través de la disposición 5263/2023, Anmat prohibió la venta de "Miel de abeja de Córdoba marca Establecimiento Dulcinea" por estar falsamente rotulado con un Registro Nacional de Establecimiento (RNE) inexistentes y un Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) perteneciente a otro producto.

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La investigación se inició cuando varios consumidores efectuaron sus reclamos ante el INAL sobre la autenticidad del producto. En tanto, el INAL consultó a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba y constató que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) es inexistente y el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) se encuentra vigente pero pertenece a otro producto.

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Anmat prohibió la venta de la miel de abeja marca "Establecimiento Dulcinea". 

Anmat prohibió la venta de la miel de abeja marca "Establecimiento Dulcinea".

Café en granos

A su vez, el organismo, a través de la Disposición 5280/2023, retiró del mercado el "Café tostado natural en grano marca RUNA CAFÉ, Nombre de fantasía: Santos Brasil" que no exhiban en sus rótulos números de RNE y/o de RNPA, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por no contar con los registros sanitarios de establecimiento y producto.

Las averiguaciones comenzaron luego de un reclamo de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). El denunciante sostuvo que el producto no contaba en su rótulo la información necesaria para identificar su origen.

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Snacks

Por último, mediante la Disposición 5279/2023, el ente prohibió varios snacks: “Maní crocante sabor jamón, marca Productos FA-DI”, “Maní repelado salado, marca Productos FA-DI”, “Pasas de uva s/ semilla, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT”, “Ciruelas s/ carozo, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT” y “Mix frutos secos, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT”.

Las investigaciones iniciaron tras una notificación proveniente de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), respecto a la venta de los productos. En este sentido, se realizó un análisis de las muestras y se comprobó que los productos estaban falsamente rotulados con un número de RNE inexistente y números de RNPA pertenecientes a otros productos.

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