Privatizar todo, pero todo. Lo estratรฉgico, lo que da ganancias y lo que no. Absolutamente todo. El presidente Javier Milei reedita el decรกlogo menemista que recitรณ (mal) el por entonces ministro Roberto Dromi. โNada de lo que deba ser estatal permanecerรก en manos del Estadoโ.
Son 41 empresas estatales, entre ellas Aerolรญneas Argentinas e YPF, pasando por AYSA, Ferrocarriles, satรฉlites y hasta la Casa de Moneda. Algunas son sociedades anรณnimas, en las cuales el Estado tiene participaciรณn accionaria. Otras son sociedades del Estado.
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La mayorรญa ya estuvo en manos privadas durante la dรฉcada de gobierno de Carlos Saรบl Menem y fueron recuperadas en los aรฑos siguientes debido a su carรกcter estratรฉgico y a las polรญticas de vaciamiento en las que incurrieron los concesionarios.
En el mensaje que acompaรฑa al articulado de la ley, el Poder Ejecutivo seรฑala “la necesidad de concentrar la actividad del Estado en sus funciones esenciales” por lo cual “dispone la privatizaciรณn de determinadas empresas pรบblicas”.
Para el Gobierno, las privatizaciones tienen como finalidad “generar mayor competencia y eficiencia econรณmica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversiรณn privada y profesionalizar la gestiรณn de las empresas.
Esta es la lista completa de โEmpresas pรบblicas sujetas a privatizaciรณnโ
- Administraciรณn General De Puertos S.E.
- Aerolรญneas Argentinas S.A.
- Empresa Argentina De Soluciones Satelitales S.A. (ARSAT)
- Agua Y Saneamientos Argentinos S.A. (AYSA)
- Banco De La Nacion Argentina
- Banco De Inversiรณn Y Comercio Exterior S.A.
- Casa De Moneda S.E.
- Contenidos Pรบblicos S.E.
- Corredores Viales S.A.
- Correo Oficial De La Repรบblica Argentina S.A.
- Construcciรณn De Viviendas Para La Armada Argentina S.E.
- Dioxitek S.A.
- Educ.Ar S.E.
- Empresa Argentina De Navegaciรณn Aรฉrea S.E.
- Energรญa Argentina S.A.
- Fรกbrica Argentina De Aviones โBrig. San Martรญnโ S.A.
- Fabricaciones Militares S.E.
- Ferrocarriles Argentinos S.E.
- Innovaciones Tecnolรณgicas Agropecuarias S.A.
- Intercargo S.A.U.
- Naciรณn Bursรกtil S.A.
- Pellegrini S.A.
- Naciรณn Reaseguros S.A.
- Naciรณn Seguros De Retiro S.A.
- Naciรณn Servicios S.A.
- Nucleoelรฉctrica Argentina S.A.
- Playas Ferroviarias De Buenos Aires S.A.
- Polo Tecnolรณgico Constituyentes S.A.
- Radio De La Universidad Nacional Del Litoral S.A.
- Radio Y Televisiรณn Argentina S.E.
- Servicio De Radio Y Televisiรณn De La Universidad De Cรณrdoba S.A.
- Talleres Navales Dรกrsena Norte S.A.C.I. Y N.
- Telam S.E.
- Desarrollo Del Capital Humano Ferroviario Sapem.
- Belgrano Cargas Y Logรญstica S.A.
- Administraciรณn De Infraestructuras Ferroviarias S.E.
- Operadora Ferroviaria S.E
- Vehรญculo Espacial Nueva Generaciรณn S.A.
- Yacimientos Carboniferos Fiscales Empresa Del Estado
- Yacimientos Mineros De Agua De Dionisio (YMAD)
- Ypf S.A.
Quรฉ dice el capรญtulo sobre “privatizaciones” de la Ley รmnibus de Milei
CAPITULO II – PRIVATIZACION DE EMPRESAS PรBLICAS
ARTรCULO 8ยฐ.- Declaraciรณn sujeta a privatizaciรณn. Declรกranse โsujeta a privatizaciรณnโ, en los tรฉrminos y con los efectos de la Ley Nยฐ 23.696 de Reforma del Estado, las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatal enumeradas en el ANEXO I (IF-2023-153006604-APN-SSAL#SLYT) de la presente ley.
Para el caso de otras empresas a las mencionadas en el Anexo precitado, debe cumplirse con el proceso establecido en el artรญculo 9ยฐ de la Ley 23.696.
ARTรCULO 9ยฐ.- Facรบltase al Poder Ejecutivo nacional a proceder a la enajenaciรณn de las participaciones accionarias o de capital del Estado Nacional y/o sus entidades en toda empresa privada, que no le otorguen la mayorรญa de capital social necesario para ejercer el control de tales entidades, para lo cual se aplicarรกn en lo pertinente los procedimientos previstos en el Capรญtulo II de la Ley Nยฐ 23.696.
ARTรCULO 10.- Derรณgase los artรญculos 35 de la Ley Nยฐ 24.804.
ARTรCULO 11.- Sustitรบyese el artรญculo 37 de la Ley Nยฐ 24.804, por el siguiente:
โARTICULO 37.- A los fines de las privatizaciones seรฑaladas en el artรญculo 36, se constituirรกn sociedades anรณnimas, en las cuales el Poder Ejecutivo nacional podrรก conservar una (1) acciรณn con derecho a veto en las decisiones que impliquen el cierre de la actividadโ.
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