POR DNU

La emergencia sanitaria se prorrogó hasta fin de año

El Gobierno nacional decidió extender la emergencia sanitaria por todo el 2021 y además dispuso nuevas medidas en el marco de la pandemia de coronavirus.

El Gobierno nacional prorrogó la Emergencia Sanitaria hasta el 31 de diciembre de este año y recomendó restricciones de viajes, tanto aéreos, marítimos y terrestres desde o hacia las zonas afectadas y de mayor riesgo. Al mismo tiempo, estableció quiénes deberán cumplir el aislamiento obligatorio y sus excepciones.

Las medidas fueron dispuestas a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 167/2021, publicado en un suplemento del Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros, incluida la hasta este jueves titular de Justicia, Marcela Losardo.

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El DNU dispuso que los Ministerios de Salud y de Desarrollo Productivo, en forma conjunta, podrán fijar precios máximos para los insumos críticos para luchar contra la pandemia, definidos como tales, y adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento.

La nueva norma establece, ante una situación sanitaria epidemiológica crítica, un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud.

Asimismo, se establece un plazo general de 14 días de aislamiento que deberán cumplir las personas afectadas, con salvedades y particularidades de acuerdo con los casos y las personas, o por un período distinto que en el futuro determine la autoridad de aplicación según la evolución epidemiológica y las recomendaciones sanitarias nacionales.

Para la condición de "casos sospechosos" según la definición de la autoridad sanitaria nacional, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio, y quienes sean "casos confirmados", deberán cumplir 10 días de aislamiento desde el inicio de síntomas o del diagnóstico en casos asintomáticos.

Los denominados "contactos estrechos" de casos de Covid-19, deberán cumplir 14 días de aislamiento con la posibilidad de reducirlo a 10 días según las recomendaciones de la autoridad sanitaria.

En tanto, quienes arriben al país desde el exterior, también deberán cumplir un aislamiento de 14 días en las condiciones que establezca la autoridad sanitaria nacional, salvo las excepciones dispuestas por el decreto o por la autoridad migratoria.

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Mientras llegan más vacunas, el Gobierno extendió la emergencia sanitaria y dispuso nuevas medidas

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Quienes arriben del exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción.

También deberán contar con constancia de test PCR no detectable para Covid-19 con toma de muestra de no más de 72 horas previas al embarque, salvo en los supuestos exceptuados por la autoridad sanitaria. La autoridad sanitaria podrá modificar las acciones preventivas establecidas.

Los extranjeros no residentes en la Argentina que arriben al país desde el exterior deben acompañar a la declaración jurada "un seguro de viajero especial para la atención de la enfermedad en el país", y no podrán ingresar ni podrán permanecer en el territorio nacional en caso de incumplir la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes.

El Ministerio de Salud dará información a la población sobre las "zonas afectadas" y las "zonas afectadas de mayor riesgo", así como sobre la situación epidemiológica, respecto a la propagación, contención, mitigación e inmunización de la enfermedad, con la guarda de confidencialidad acerca de la identidad de los afectados, salvo expresa autorización de las mismas, según la normativa de resguardo de secreto profesional, indica el decreto.

Se consideran "zonas afectadas" por la pandemia a todos los países del mundo, y como "zonas afectadas de mayor riesgo" a aquellas que tienen circulación comunitaria de nuevas variantes del virus, que pueden condicionar la capacidad de respuesta del país y requieren de medidas sanitarias específicas.

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