El IOMA salió a rechazar los aumentos decretados de manera unilateral por el CEMIBO, la entidad que nuclea a médicos y clínicas privadas, que eleva hasta en un 80 por ciento el valor de los bonos.
Mediante un comunicado, la obra social bonaerense aseguró que está en “plenas negociaciones” por el incremento de los honorarios profesionales de La Plata, Ensenada, Trenque Lauquen, San Pedro, Balcarce, Tandil y Mar del Plata, y dijo que la medida de fuerza está “fuera del marco de la ley”.
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“El CEMIBO anuncia unilateralmente un incremento en el valor de los copagos que abonan los afiliados, según la categoría del profesional que elijan. Cabe destacar que esta decisión se encuentra fuera del marco de la ley, ya que, como se sabe, IOMA mantiene con sus prestadores convenios que se firmar de común acuerdo y ambas partes deben respetar”, expresaron desde la obra social estatal.
En relación a esto, anunció que “garantiza el reintegro de los montos que deban pagar por encima del valor de los bonos de consultas médicas acordado con las entidades” a todos sus afiliados.
Y precisó que para obtener el reembolso los beneficiarios deberán dirigirse a la delegación que les corresponda, con la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI, de la credencial y del último recibo de sueldo o recibo de pago en caso de afiliados voluntarios.
La nota de solicitud de reintegro –en este caso aludiendo al aumento unilateral de bonos.
Factura original o recibo profesional equivalente (B o C), cumpliendo los requisitos exigidos por normas de facturación establecidas por la AFIP, debidamente conformado (la fecha debe coincidir con la de la medida de fuerza) y el ticket emitido por cajero automático, donde conste el número de cuenta y sucursal bancaria o constancia de CBU del afiliado.
Por último, anticipó que “tomará las acciones legales correspondientes frente a toda entidad, o profesional médico que bajo un convenio vigente y de modo arbitrario modifique las condiciones o requisitos de atención al afiliado” y que “debitará de las facturaciones de dichas entidades el monto total de lo que la obra social reintegre a sus afiliados en concepto de la medida de fuerza”.
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