Sin controles

¿Estado de excepción? En Pinamar, los boliches abren por fuera de los horarios de la ley

En tierra de Martín Yeza, intendente de Cambiemos, la ley que regula los horarios de apertura y cierre de boliches se incumple flagrantemente. Pero no es la única parte de la ley que se viola.

La temporada veraniega revela como todos los años la febril actividad de los boliches de la Costa Atlántica, que a lo largo de toda la semana reciben oleadas de chicos que buscan divertirse. Y revela las fallas del Estado para hacer cumplir las normas que buscan proteger ese esparcimiento.

Uno de los aspectos que más flagrantemente se violan es respecto de los horarios de ingreso. Esta temporada la hora señalada parece ser después de las tres de la mañana, una vez cumplimentada la “previa” de rigor.

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La ley que regula la actividad –la 14.050, modificada por la 14.879- es clara en ese aspecto. En sus artículos se explicita que “los locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de bailes, clubes, y demás locales donde se realicen actividades bailables y/o similares” deben abrir sus puertas “hasta la hora dos (02,00), y finalizarán sus actividades como horario límite máximo a la hora cinco y treinta (05,30)” aunque “por excepción” fundada en “razones estacionales y/o regionales” ese límite puede correrse hasta las 6.30.

Ninguno de esos aspectos se cumple en Pinamar. Un relevamiento de INFOCIELO demostró que la mayoría de los jóvenes acuden después de las 2 hasta algunos ingresan a las 4 de la mañana. Lo mismo marcó una nota de La Nación publicada esta semana, donde se consignó además que en los boliches se impone la nueva moda: el “beerpong” y otros juegos “de tomar”.

Este aspecto también está reglado por la ley: no se puede hacer. “Dispónese en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, la prohibición de efectuar concursos, y/o competencias cuyo objeto, medio o fin sea el consumo de bebidas alcohólicas”, marca el texto de la normativa.

El especialista en drogas, adicciones y narcotráfico Esteban Wood le explicó a INFOCIELO que el espíritu de fijar un horario máximo de ingreso a los boliches “tuvo como objeto establecer un ordenamiento de la nocturnidad a nivel provincial” a partir de “intentar acotar a una franja horaria determinada el período de mayor circulación de personas, para facilitar las tareas de control y de seguridad ciudadana”.

En ese sentido, si bien reconoció que la ley 14.050 “requiere de un aggiornamiento” remarcó que no se trata de una norma “de cumplimiento optativo, como parece ser en Pinamar”.

Nobleza obliga: en lo que si parece haber acuerdo es en restringir el ingreso de menores, un aspecto delicado de la nocturnidad que muchas veces se descuida, y que generó una fuerte polémica el año pasado, cuando la Legislatura, por pedido de intendentes del interior, alentó una serie de “excepciones” para que jóvenes desde los 14 pudieran ingresas legalmente.

Finalmente la movida fracasó, con la oposición de la propia Gobernadora, que vetó la ley, razón por la cual la seguridad en los boliches de la Costa se reforzó para impedir intrusiones de “sub 18”. Al resto de los controles, por ahora, se los debe.

 

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