Pandemia

La AJB contra la Corte: tildó de “improvisadas” las habilitaciones de juzgados

El gremio de los judiciales rechazó la medida que dio pie a la apertura de dependencias en Azul, San Nicolás y Tandil.

La Asociación Judicial Bonaerense (AJB) rechazó la decisión de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires de habilitar dependencias en el interior. El fuerte reclamo es porque consideran que no están garantizadas las medidas de prevención en el marco de la pandemia de coronavirus.

Desde el sindicato, rechazaron las resoluciones que disponen el “funcionamiento pleno” de las cabeceras departamentales de Azul y San Nicolás, como así también las dependencias de la ciudad de Tandil y los juzgados de paz de las localidades de Ayacucho, Lavalle, Alberti, San Antonio de Areco, Magdalena, General Paz, Mar Chiquita, Ramallo, Puan y Villarino. Es que aseguraron que “no se encuentran garantizadas las medidas de prevención para evitar contagios de COVID-19”.

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Al respecto, el titular de la AJB Pablo Abramovich expresó que “la Suprema Corte sigue transitando el camino de la improvisación con un inexplicable apuro en la apertura de dependencias, ya que se expone la salud de las y los trabajadores al no encontrarse resueltas cuestiones básicas ligadas a la seguridad e higiene que viene reclamando la AJB”.

En ese marco, los judiciales señalaron que “no está garantizada la limpieza diaria de muchas de las dependencias que se fueron habilitando ni la provisión adecuada de los Elementos de Protección Personal imprescindibles –tapabocas, alcohol en gel, jabón y toallas descartables, alcohol al 70%, vaporizadores y guantes de látex-“.

Asimismo, detallaron que “tampoco se ha resuelto la instalación de barreras de protección adecuadas en las mesas de entradas y otros espacios de atención al público, en reemplazo de los dispositivos proporcionados por la Corte y la Procuración, que tienen una superficie insuficiente, poseen dificultades para mantener el equilibrio y no permiten una desinfección adecuada”.

“Por su parte, no se ha realizado un estudio para determinar en cada dependencia la cantidad de personal presencial admisible en función de los espacios físicos disponibles, para garantizar el distanciamiento social de dos metros. En la gran mayoría de las dependencias no se han organizado dispositivos eficaces para controlar el ingreso del público, con control de temperatura incluido en los accesos a todos los edificios”, agregaron.

Más adelante, manifestaron que no se convocó al gremio para buscar soluciones a las “serias deficiencias” relatadas en el Protocolo General aprobado por la Resolución SPL 5/20 o para elaborar protocolos específicos para el desarrollo de funciones especiales, tales como las tareas de mantenimiento, el diligenciamiento de cédulas y mandamientos, la realización de pericias en sede y en territorio, la realización de autopsias.

La habilitación resuelta por la Suprema Corte de otros diez juzgados de paz y la totalidad de las dependencias de tres ciudades (Azul, San Nicolás y Tandil) excluye de la convocatoria para realizar tareas presenciales a quienes integran los grupos de riesgo, que podrán realizar tareas a través del trabajo remoto en los términos del convenio de regulación del teletrabajo celebrado entre la AJB y la Suprema Corte.

En tanto, la AJB exige a la Suprema Corte una disposición que “dispense de tareas presenciales a las y los trabajadores y funcionarios a cargo de hijos e hijas en edad escolar, quienes se encuentren en período de lactancia o aquellos y aquellas que conviven con personas incluidas en los grupos de riesgo”.

“Desde la AJB instamos a las y los empleados y funcionarios judiciales a comunicarse con la conducción departamental del gremio en caso de registrarse convocatorias indebidas o ante el incumplimiento de las medidas de prevención”, finalizó Abramovich.

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