Judiciales y Policiales
Espionaje de Vidal

La Justicia rechazó las nulidades y Berra quedó más cerca de la indagatoria

El juez Federico Atencio desestimó uno por uno los incidentes de nulidad que presentó al defensa de los imputados, y dejó dudas sobre la intención “dilatoria” de esos recursos.

La Justicia platense rechazó las nulidades planteadas por el ex titular de Asuntos Internos de la Policía bonaerense, Guillermo Berra, al descartar la solidez argumental de la defensa. En el fallo, el Juez Federico Atencio, sugirió que la presentación de los incidentes, se parecen más a una medida ‘dilatoria’ por cuanto –consideró- la base de los agravios presentados están debidamente argumentados en el expediente.

En ese sentido, el magistrado puso en duda la aclaración por parte de la defensa en el sentido de que los recursos no escondían un fin dilatorio, al afirmar que “el convencimiento de que la defensa bien conoce lo que queda arriba expuesto, pone en crisis el reclamo que formula en cuanto a que su presentación no sea tenida como meramente dilatoria” del proceso. 

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Una a una, el Juez fue desestimando las nulidades interpuestas, y concluyó que la presentación se parecía más a un acto de defensa, que a una objeción de forma que ataca el procedimiento, por lo que consideró “inconducente” el planteo. “Antes bien, aparece como el desarrollo argumental tendiente a obtener una desvinculación procesal de sus asistidos, que atendiendo la finalidad aquí perseguida deviene inconducente”, aseguró Atencio. 

La resolución del Juez podría derivar, ahora, en la fijación de una nueva fecha por parte de la fiscal de la causa, Cecilia Corfield, para indagar a los imputados Berra y María Eugenia Sardiña –el acto procesal de defensa por excelencia, que tenía fecha prevista para el pasado 29 de junio- o en la apelación por parte de los involucrados que mantendría en suspenso ese trámite hasta la confirmación de Cámara. 

En relación al recurso de nulidad interpuesto sobre el auto de imputación, el Juez determinó que el pretendido agravio de la defensa en relación a la “insuficiencia convictiva” del Ministerio Público Fiscal, es una cuestión “enteramente ajena, al vicio subsanable mediante el remedio que reclama”. En llano: el planteo de nulidad no es la herramienta para atacar ese tipo de cuestionamiento o queja. 

El fallo al que accedió INFOCIELO rechaza, además, la pretendida nulidad de las pericias realizadas en la causa, haciendo un pormenorizado detalle del cumplimiento de los plazos y del procedimiento: “su realización fue ordenada el 29 de octubre pasado, para ser iniciada el 12 de noviembre de lo que los imputados fueron notificados con antelación” y considera que la defensa “debe considerarse anoticiado con la vista que tomara al aceptar el cargo”, afirmó Atencio. 

Finalmente, el Juez también desechó la nulidad interpuesta contra el allanamiento a las oficinas de Asuntos Internos, y acusó a la defensa de valerse, para ello, de una frase “descontextualizada” del auto que ordenó ese procedimiento. 

“Sin poner en tela de juicio la buena fe de su argumentación, debo señalar que la defensa ha fragmentado –extrayéndolo de su contexto- lo que en realidad quedase consignado”, aseguró el Juez, al rebatir el argumento de una supuesta falta de motivación para ordenar el allanamiento que la defensa alegó citando parte del auto que ordenó esa medida.

Aclaró, no obstante, que, si bien el criterio para ordenar un registro es válido aún “con la sola denuncia”, cuando no existiera en la causa otra forma de avanzar con una investigación, en la presente causa, “quedaron señalados los elementos convictivos valorados para satisfacer la motivación suficiente exigida por la Ley”. En ese sentido, considero “a la documentación acompañada a fs. 12/24 y 32/37” como “suficientemente apta como para asignar verosimilitud a lo que el denunciante manifesta”.

De esa forma, la Justicia rechazó la nulidad interpuesta contra el auto que ordenó el allanamiento, y calificó de “intrascendente” la reflexión ensayada por la defensa de los imputados, “con respecto a las posibilidades que la Ley le brindaba a la acusadora para obtener la misma información de otros medios” 

La contundente resolución judicial que rechazó las nulidades presentadas por el ex titular de Asuntos Internos, investigado por el presunto delito de espionaje durante la gestión de María Eugenia Vidal, no ahorró una crítica a la “intrincada sintaxis” de los planteos elaborados por su defensa. 

En la causa la Justicia investiga la existencia de una organización cuasi criminal enquistada en la conducción de la Dirección de Asuntos Internos de la Policía bonaerense durante la gestión de Vidal, desde donde se realizaron “seguimientos” a civiles que no revestían condición de uniformados y se practicaron averiguaciones financieras sobre importantes organismos públicos como la Suprema Corte bonaerense, la Legislatura provincial y referentes de la oposición política de entonces.

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