Coronavirus

Alberto Fernández convocó por decreto a gobernadores e intendentes a controlar los precios

El Poder Ejecutivo Nacional lanzó el llamamiento a los distritos provinciales y municipales para evitar la especulación.

El Gobierno nacional convocó este jueves a los gobernadores e intendentes de todos los municipios del país a realizar tareas de fiscalización y control de los precios máximos establecidos por la Secretaría de Comercio Interior. La medida es el marco de la cuarentena con el objetivo de combatir la especulación.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 351 publicado en el Boletín Oficial lleva la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y el de Interior, Eduardo de Pedro.

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La normativa establece: "Convócase a los Intendentes e Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo Nº 100/20, o las que en el futuro la prorroguen, reemplacen o amplíen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680".

De este modo, se facultó a la secretaría "a establecer, entre otros, márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios, a la vez que establece severas sanciones ante la constatación de incumplimientos".

A su vez, por medio de la resolución 100 de ese organismo, "se dispuso por el término de 30 días corridos desde su entrada en vigencia, la fijación de precios máximos de venta al consumidor de bienes de consumo general".

También, la medida que dispuso Alberto Fernández señala que para el cumplimiento de lo establecido "las autoridades municipales se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas en los artículos 10 y 12 de la Ley N° 20.680, mientras que el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la Secretaría de Comercio Interior, quien determinará el mecanismo para la remisión de las actuaciones administrativas labradas al efecto".

El artículo 4 convoca a los gobernadores y al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para realizar la misma tarea de fiscalización y se les pide que coordinen "las acciones con los intendentes e intendentas de cada jurisdicción, conforme las normativas provinciales y municipales".

"La Secretaría de Comercio Interior brindará a las autoridades municipales la asistencia técnica y la cooperación que le sean requeridas en el marco de lo dispuesto en el presente decreto", establece asimismo la norma.

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