Porque existe una ley nacional

La Justicia declaró la inconstitucionalidad de otra ordenanza que prohibía la pirotecnia

El juzgado Contencioso Administrativo Nº 3 de La Plata declaró inconstitucionalidad la norma sancionada en Magdalena. El intendente lamentó el fallo pero dijo que lo acatará. El antecedente de General Alvarado.

La Justicia anuló una ordenanza aprobada en 2017 que prohibía el uso y la venta de fuegos artificiales en la localidad de Magdalena. El titular del juzgado Contencioso Administrativo Nº 3 de La Plata, Francisco Terrier, declaró inconstitucional la norma basándose en un fallo de la Suprema Corte de la Provincia que declaró inconstitucional ese tipo de normativas.

Un integrante de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) explicó a INFOCIELO que el planteo es que “no se puede legislar en el ámbito municipal cuando existe una ley nacional”. Dicha normativa es la Nº 20.429, que regula la actividad comercial de fuegos de artificio y tiene vigencia en “todo el territorio de la Nación”, según reza su artículo 1.

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Terrier se basó en un caso similar que llegó al máximo tribunal bonaerense sobre una ordenanza del municipio de General Alvarado (Miramar). En aquel distrito, la ordenanza se aplicó en 2015 pero la Suprema Corte la declaró inconstitucional en octubre de 2018.

En su fallo, el juez platense advirtió sobre “la posible presencia de un abuso en el ejercicio del poder” y ordenó “la venta libre de los productos fabricados bajo las normas legales por las empresas adheridas y que representa la parte actora, en el ámbito del distrito”.

El intendente de Magdalena, Gonzalo Peluso, lamentó lo sancionado por el juez pero reconoció que el precedente de la Suprema Corte habilita este tipo de resoluciones. En diálogo con INFOCIELO explicó que aprobaron la ordenanza en 2017 por los perjuicios que genera el uso de pirotecnia en “personas autistas, jubilados y bebés”.

También, dijo, se propuso “para prevenir accidentes”. “En las fiestas de 2017 no tuvimos ningún accidente por uso de pirotecnia y en 2018 tuvimos uno solo”, detalló. Sin embargo, aclaró que “vamos a cumplir con lo dispuesto por la Justicia”.

De todas formas, aclaró que la ley que regula la actividad será aplicada en su totalidad en el distrito y que de esta forma serían pocos los comercios que cumplen con los requisitos de la Ley Nº 20.429.

“Nosotros concientizamos desde el Municipio”, dijo y recordó que “la gestión anterior tiraba muchos fuegos artificiales en las fiestas”. “Nosotros dimos el ejemplo y los comercios no volverán a vender porque deberían cumplir muchos requisitos legales para algo que se vende sólo cuatro días al año”, concluyó.

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