Sociedad
ANMAT

Prohíben en todo el país la venta y el uso de un grupo de alimentos, cosméticos y productos médicos

La medida fue comunicada en el Boletín Oficial por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica al entender que los artículos presentaban irregularidades en los registros y los rotulados.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el territorio nacional la comercialización de una serie de productos alimenticios, higiénicos y médicos que incumplen la normativa vigente.

Entre ellos se encuentra la "Miel pura, marca La Luciana" fabricada en El Bolsón, Río Negro.  Según la disposición 4114/2019, el Departamento Provincial de Bromatología de la provincia de Chubut informó que "el producto no corresponde con los registros otorgados por esa Autoridad Sanitaria Jurisdiccional para dicha marca, declarando que se elabora en otra Jurisdicción".

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El organismo también prohibió el uso, la comercialización y la distribución de todos los lotes de los productos rotulados como "Alphabolic Pharmaceutical. Oxymetolone", "Anabolic Pharma. Tamoxifeno”, “Alphabolic Pharmaceutical. Dianabol” y “Alphabolic Pharmaceutical. Stanozolol”, hasta que las pericias pertinentes determinen su autenticidad.

Además, dejó fuera de circulación preventivamente al artículo rotulado como "Higiene y Confort”, paños jabonosos descartables, hipoalergénicos, con extracto de manzanilla, de industria Argentina, con fecha de vencimiento 25/04/2021 por “no encontrar antecedentes de inscripción que respondan a ese producto" ante la Anmat.

En otra disposición, la administración estableció la prohibición del suplemento dietario Lapacho Irupé elaborado por el Laboratorio Anahí, en Córdoba, cuya descripción reza “potenciado doble beneficio revitalizador, reconstituyente celular, depurativo, desintoxicante".

" Presenta vocablos que pueden provocar que la información sea incorrecta, insuficiente o inducir a equívoco, error, confusión o engaño al consumidor en relación con la verdadera naturaleza, composición o procedencia del producto", informó el organismo.

También quedaron prohibidos todos los lotes y medidas de los productos médicos "IBC Aortic Punch/Aortic Punch/Medium Assembly/REF APM40/Sterile EO/RX Only/International Biophysics Corp. Austin, TX USA" y "FloPump, (Sterile)/REF 6400S/Sterile EO/RX Only, made in USA/International Biophysics Corp. Austin, TX USA".

A través de la disposición 4118/2019, Anmat señaló que requieren de una aprobación previa para su importación, fabricación, distribución y comercialización que garantice el cumplimiento de los requisitos sanitarios.

Por último, tampoco podrán comercializarse en el país todos los artículos de la marca Frescor que rezan "alimento libre de gluten" luego de que la institución detectara que llevaban el logo "sin TACC" aunque el establecimiento no estuviera habilitado para tal fin.

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