El requisito de residencia no complicará la llegada de Sergio Torres a la Corte bonaerense
El candidato nominado por María Eugenia Vidal para ocupar un lugar en la Suprema Corte Bonaerense, el juez federal Sergio Torres, no cumple con uno de los requisitos más elementales e indispensables para ingresar al Poder Judicial de la Provincia. Se trata de la condición impuesta en el artículo 181 de la Carta Magna bonaerense, donde se lee, sin lugar a interpretaciones, que cualquier aspirante debe acreditar “dos años de residencia inmediata en la Provincia”.
Torres, que desde 2002 se desempeña en los tribunales de Comodoro Py, en la Capital Federal, puede acreditar idoneidad en el fuero federal, conocimiento de las leyes bonaerenses, trayectoria académica y otros pergaminos, pero, según confirmaron fuentes judiciales a INFOCIELO, adolece de ese requisito. Hasta junio de 2017 no figuraba en el Padrón Electoral bonaerense.
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En el Ministerio de Justicia bonaerense, que comanda Gustavo Ferrari, que se encargó de formalizar la postulación y de publicar sus antecedentes, aseguran que tiene domicilio en la Provincia, pero no aportan más información. El dato es seguido de cerca por colegios y asociaciones de magistrados bonaerenses aunque, por ahora, nadie levanta la mano. Aparece a simple vista una buena razón para moverse con cautela y tiene al procurador Julio Conte Grand como protagonista.
Es que el desembarco del todopoderoso jefe de los fiscales bonaerenses se llevó a cabo en los mismos términos que el de Torres: salteando esos “detalles” de la Constitución. Así lo denunció en diciembre de 2016 la ONG CEPIS, que objetó su designación como procurador general al detectar que literalmente había borrado el domicilio legal del registro de antecedentes que presentó. “Cualquiera que ha hecho alguna vez un currículum pone sus datos personales: cómo te llamás, dónde naciste y dónde vivís. El CV de Conte Grand omite eso”, aseguraba entonces Mariano Lovelli, el titular del Centro de Estudios Para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad.
Ese detalle no fue óbice para que Conte Grand se sentara finalmente en el prestigioso y estratégico sillón que ocupa hoy. No hay razón para pensar que habría de serlo para el juez Torres, quien, una vez que asuma, se convertirá en el jefe de todos los jueces, encargado supremo de cumplir y hacer cumplir la letra de la Constitución.
El argumento que se utilizó para permitir el ingreso de Conte Grand se repetirá para el caso de Torres, y tiene que ver con la “especificidad” y la “generalidad” de una norma. Que se puede traducir como que lo que vale para cualquier aspirante a ingresar al Poder Judicial no vale para quienes deben conducirlo, toda vez que tienen un artículo específico, el 177, que marca los requisitos para acceder a los cargos de Juez de la Suprema Corte, Procurador y Subprocurador.
Allí se lee que es suficiente con “haber nacido en territorio argentino o ser hijo de ciudadano nativo si hubiese nacido en país extranjero, título o diploma que acredite suficiencia en la ciencia del derecho reconocido por autoridad competente en la forma que determine la ley; treinta años de edad y menos de setenta y diez a lo menos de ejercicio en la profesión de abogado o en el desempeño de alguna magistratura”.
En llano: el artículo 181 es para quien pretende ingresar al Poder Judicial “por abajo”, el 177 para los que vienen “por arriba”.
La laxitud de los requisitos exigidos contrasta con los de otras jurisdicciones. En la Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, el artículo 112 marca los límites de una forma indiscutible: “Para ser miembro del Tribunal Superior de Justicia se requiere ser argentino, tener treinta años de edad como mínimo, ser abogado con ocho años de graduado, tener especial versación jurídica, y haber nacido en la Ciudad o acreditar una residencia inmediata en ésta no inferior a cinco años”.
La intrincada interpretación de la constitución bonaerense, como la taxatividad de la porteña, habilitan a Torres a integrar el máximo tribunal de Justicia a ambos lados del Riachuelo. De hecho hace menos de un mes, el diario Ámbito Financiero comunicó que era considerado por Horacio Rodríguez Larreta para desembarcar en el Tribunal Superior de Justicia de la Capital Federal.
También habla de la diferente calidad institucional de ambos estados Provinciales: en Capital Federal se respeta la carrera y se impulsa la meritocracia, en nuestra Provincia se propician los acuerdos políticos, se tuercen las leyes y se “importan” cuadros.
El juez Torres, junto a miembros del Colegio de Magistrados Bonaerense.
Al propio Torres no se lo vio demasiado cómodo con esa interpretación de la Constitución, a pesar de que aceptó el cargo. El último viernes se reunió con el Colegio de Magistrados de la Provincia, y los jueces le preguntaron explícitamente por el tema. El futuro Supremo prefirió no brindar precisiones sobre su domicilio y tampoco respecto de la preeminencia del artículo 177 sobre el 181. Según narraron los asistentes de la reunión, se manejó con evasivas: dijo que nació en Longchamps y que disfruta del Tigre, lo mismo que repitió ante las cámaras de INFOCIELO.
Si todo marcha sobre rieles, como hasta el momento, el desembarco de Torres en la Suprema es cosa juzgada. La mayoría de Cambiemos en el Senado no muestra fisuras y dentro de 20 días prestaría el acuerdo necesario para que se integre al tribunal, donde, dicen las malas lenguas, hay por lo menos un ministro que, como el flamante miembro, no tiene domicilio en Buenos Aires, la Provincia.
Ese dato empuja a este cronista a pensar que escandalizarse es un gasto de energía innecesario. Al cabo, puede reflexionar, existe una amplia posibilidad, que araña el cien por ciento, de que cada bonaerense haya votado, al menos una vez en los últimos veinte años, por un candidato a Gobernador porteño.
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