PROVINCIA SELLÓ EL ACUERDO

Cuáles son las nuevas licencias para trabajadores estatales

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires selló el acuerdo con los gremios que representan a las y los estatales para ampliar las licencias familiares.

Tal como había adelantado Infocielo, finalmente el Gobierno de la provincia de Buenos Aires selló el acuerdo con los gremios que representan a trabajadoras y trabajadores del Estado para ampliar las licencias familiares.

"El acuerdo entre el Estado y los sindicatos implica un régimen mejor, más equitativo e inclusivo, contribuyendo a reducir las desigualdades de género, a la vez que dé cuenta de los cambios culturales, sociales y económicos de los últimos tiempos", afirmaron desde la cartera de Trabajo.

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Desde el Ministerio a cargo de Mara Ruiz Malec se avanzó en conversaciones con las entidades gremiales y tras el visto bueno, se firmó el convenio en el Salón Dorado con la presencia del propio gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof.

De qué se trata la ampliación de las licencias familiares

Según la medida que quedó efectiva con la firma de un convenio entre el Ministerio de Trabajo y los gremios, las licencias y derechos de las y los trabajadores se ampliarán del siguiente modo:

  • Alcanza a las y los trabajadores comprendidos en las leyes 10.430 y 10.471.

  • A los 90 días que contaba la madre se le sumarán 45 días que podrá utilizar en totalidad o fraccionar con el padre.

  • El padre recibe una extensión de su licencia por paternidad de tres a 15 días.

  • Se suman licencias por adopción más extensas para lograr “el fortalecimiento de los vínculos con la nueva familia”, por lo que pasa de 90 días a un período de entre 120 y 180 días, según edad la edad del niño o niña.

  • Quienes adopten un niño o niña de seis a diez años podrán acceder a una licencia de 150 días corridos con goce de sueldo.

  • En el caso de nacimiento de un niño con discapacidad, la licencia será de hasta 180 días corridos y amplía otro tipo de licencias como por causa o asuntos particulares, que pasará de cinco a seis días.

  • La licencia por fallecimiento de madre o padre de los niños, pasará de dos o tres días a un período de uno a tres meses, según la edad del hijo o hija menor de edad.

  • La licencia por atención de familiar enfermo se le adicionará otro período de 15 días a los 20 que ya estaban estipulados.

  • Se contempla la licencia por adaptación escolar.

  • Se establecerá también una licencia por tratamiento de fertilización asistida de diez días por año.

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