

El Bingo de La Plata fue clausurado al recibir denuncias por no tener sillas para personas con sobrepeso. 300 trabajadores estuvieron a la espera hasta hoy.
El viernes 19 de mayo el Bingo de La Plata fue clausurado por agentes de la Secretaría de Convivencia y Control Ciudadano de la Municipalidad local. Trabajadores del lugar acusan que no recibieron un aviso preventivo y reinó la preocupación en ellos por más de 13 días. Hoy el juzgado levantó la clausura, condicionada a ciertos requerimientos a cumplir en plazo determinado.
Más de 300 trabajadores aguardaron casi dos semanas para saber cuál era el destino del Bingo. Entre las denuncias que recibió el recinto, se afirma que no había sillas para personas con sobrepeso (85 x 85), y además mencionaron que en la carta no se especificaba qué bebidas tenían alcohol.
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Sebastián Sosa, delegado del sindicato de trabajadores de juegos de azar, había hablado con La Cielo y esto fue lo que dijo: “es una situación compleja, en un contexto laboral difícil. En una Argentina de igualdad está bien que haya sillas de tamaño más grande para personas que sufren de obesidad. En el Bingo de La Plata hay de estas sillas, pero según la normativa que salió en el 2017 deberían tener 125 mientras que el recinto local sólo tiene 2”, sentenció.
Los 300 trabajadores se distribuyen entre mozos, vendedores, gente que está en la sala del Bingo, cabina de pago y mesa de control.
Sin embargo, la espera terminó ya que según fuentes municipales el juzgado levantó hoy la clausura, condicionada a ciertos requerimientos a cumplir en plazo determinado. Mientras que los trabajadores del Bingo indocaron que desde el establecimiento ya se encuentran en movimiento para que todo esté en regla.
Según la Ordenanza Municipal Nº 11.520 “Todos los lugares de uso público como cines, teatros, cafeterías, confiterías bailables, restaurantes, pubs, bares, estadios deportivos, salas de espectáculos, centros culturales independientes o salas o espacios no convencionales, deberán contemplar ubicaciones y/o estar provistos de asientos apropiados, como todo paso de entrada y salida a salas, baños, cocheras, etc., para facilitar el acceso adecuado y acomodo de personas con obesidad”.
Los asientos que se considerarán aptos deberán tener un ancho mínimo entre ejes de brazo no inferior a los 0,85 m., su profundidad mínima será de 0,75 m. y su resistencia será adecuada a los efectos que originan su implementación.
Por su parte, también se detalla que “el número de asientos aptos para su utilización por parte de personas con obesidad no podrá ser inferior al 10 % del número total de asientos que tenga disponibles al uso público el lugar. El número mínimo de asientos especiales por local no podrá ser inferior a las dos (2) unidades”.
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