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La nueva moratoria, bajo la lupa del COLPROBA: ¿Conviene o no para jubilarse?

Tras la sanción de la nueva moratoria previsional, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (COLPROBA) analizó la nueva ley. Cuál es su opinión

Tras la aprobación de la nueva ley de moratoria previsional, muchos trabajadores en edad de jubilación que no tienen los suficientes años de aportes podrán obtener el beneficio previsional al compensar el período faltante. Desde el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (COLPROBA) señalaron que no es la ideal, pero sí necesaria.

En diálogo con FM CIELO 103.5, el abogado miembro del COLPROBA, Ernesto Rodríguez Cifuentes, señaló que “es un plan de pagos más que una moratoria” y aseguró que “no es la mejor solución, pero es lo que corresponde para un mal endémico como el empleo no registrado”.

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Según estimaciones de la ANSES, alrededor de 800 mil personas podrían verse beneficiadas con esta nueva normativa. “No podemos dejar abandonados a quienes resultan los más vulnerables y que en su momento no pudieron acreditar aportes a pesar de que han aportado su trabajo. Esta es una solución, que no es deseable pero que resulta oportuna”, insistió Rodríguez Cifuentes.

En ese sentido, desde el COLPROBA alertan que “no es una moratoria barata” en comparación a la anterior, ya que la nueva normativa establece que por cada mes faltante que se incorpore a la moratoria deberá abonarse en torno a los 5 mil pesos; diez veces más el monto que se pagaba con el régimen anterior.

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El abogado Ernesto Rodríguez Cifuentes explicó el alcance y los detalles de la nueva moratoria en FM CIELO.

Por cada mes que quieras incluir en la moratoria hay que pagar alrededor de 5.000 pesos. Si te faltan 10 meses, van a ser 50.000 que se pueden pagar en hasta 120 cuotas”, detalló el abogado en LA CIELO.

En ese sentido, desde el COLPROBA recomendaron a quienes estén interesados en acceder a la moratoria para jubilarse, vean a un abogado previsionalista y realicen un análisis “para no perder tiempo ni plata, porque hay alternativas. Un abogado puede ayudar en cada caso particular”.

“Vamos a poner un ejemplo. Una persona con 15 años de aporte que llegó a la edad donde puede jubilarse y está sin trabajo. Con esta nueva ley puede llegar a jubilarse pero tiene que “comprar” esos 15 años que le están faltando. Ahora, hay que ver qué le conviene más; si ésta moratoria, si la otra, si le conviene hacer valer otros años y por qué no los tiene”, señaló Ernesto Rodríguez Cifuentes.

Además, el abogado aclaró que no todos van a poder ingresar al nuevo régimen. “Va a haber un filtro socioeconómico que van a tener que pasar, no tener moratorias previsionales sin cancelar al 31 de diciembre del 2022, haber vivido en el país y no tener otra prestación en los períodos a declarar”, explicó el abogado que recomendó “estar bien asesorado y evaluar qué conviene”.

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La nueva moratoria entró en vigencia este año.

La nueva moratoria entró en vigencia este año.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la nueva moratoria?

Según la nueva normativa, podrán acceder al nuevo régimen jubilatorio por moratorias dos tipos de personas, en cuyos casos deberán completar una serie de requisitos diferentes.

A – Quienes ya tienen la edad jubilatoria

  • Pueden declarar aportes hasta diciembre de 2008.
  • Deben tener la edad requerida para el beneficio previsional -60 años en el caso de las mujeres y 65 años los hombres en el caso de la jubilación ordinaria-.
  • No haber vivido fuera del país durante los períodos a incluir
  • No tener otras moratorias previsionales sin cancelar al 31 de diciembre de 2021
  • Pasar un filtro socio económico en el que se evaluarán el valor de sus bienes, ingresos y gastos, que deberán ser menores a los que disponga la reglamentación.
  • En el caso de pensiones por fallecimiento del titular, debe verificarse la inscripción previa del fallecido como autónomo o monotributista
  • En el caso de tener otra prestación que supere la jubilación mínima, renunciar a esa prestación.

B – Quienes no tienen edad jubilatoria

  • Pueden declarar aportes por moratoria hasta marzo de 2012
  • Deben tener entre 55 y 60 años en el caso de las mujeres y entre 55 y 65 años en el caso de los hombres
  • Acreditar ingresos que permitan pagar las cuotas
  • No haber vivido fuera del país durante los períodos a incluír
  • No deben coincidir los períodos a declarar con servicios en relación de dependencia, inscripción como autónomo o monotributista
  • Se podría aplicar el filtro socioeconómico. Desde COLPROBA, no obstante, señalan que “no está clara” su eventual aplicación.