Decisión judicial

Jubilaciones: declararon inconstitucional el aumento de 5,71% y ordenan aplicar un 14,5%

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social estableció que el gobierno nacional de tiene que devolver a jubilados y pensionados lo que le descontó.

La Justicia declaró inconstitucional el aumento del 5,71% a jubilados y pensionados aplicado en marzo sobre la base de la nueva ley de movilidad. De este modo, ordenó aplicar la fórmula de movilidad anterior, del 14,5%, al advertir que las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.

La decisión la tomó la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, al declarar inconstitucional el artículo 2 de la ley de Reforma Previsional. Entonces indicó al gobierno nacional restituir un 9% sobre los haberes de jubilados y pensionados.

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Los jueces sostuvieron que el cálculo para los haberes de marzo, denominado “cláusula de anclaje”, estuvo mal hecho, por lo que el Poder Ejecutivo deberá devolverles a los jubilados el 9% que les descontó.

El fallo responde a una demanda presentada por el abogado Miguel Fernández Pastor, quien realizó una presentación por inconstitucionalidad de la norma que podría extenderse al resto de los jubilados que están en su misma condición. Los magistrados sostuvieron fueron vulnerados sus derechos al quitarles ese porcentaje y que debía haber encontrado otra forma.

En la parte resolutiva, el tribunal consideró que el artículo dos de la ley es inconstitucional y “no aplicable” a los haberes devengados entre el 1 de julio y el 29 de diciembre del 2017″.

La decisión del tribunal ordena también que “dentro de los treinta días de quedar firme este pronunciamiento, reliquide, conforme a lo dispuesto por la Ley 26417, los haberes del actor correspondientes al citado período, y se pongan al pago las cantidades resultantes, previo descuento de las sumas ya abonadas por aplicación de la Ley 27.426”.

El fallo está firmado por el juez subrogante Rodolfo Mario Milano, y los camaristas titulares del tribunal Néstor Fasciolo y Martín Laclau, y la instancia siguiente de apelación es la Corte Suprema de Justicia, lo cual se descuenta el Gobierno hará.

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