LE ANULÓ UNA RESOLUCIÓN

La Suprema Corte, durísima contra el Procurador Julio Conte Grand: ¿lo invita a irse?

Por unanimidad declaró la nulidad de dos artículos que, de manera ilegal, otorgaban a los fiscales competencias que les son ajenas. El texto contiene duras críticas que lo desautorizan en lo más elemental de su función.

La Suprema Corte bonaerense le acaba de asestar al procurador Julio Conte Grand un verdadero golpe de knock out, al anular dos artículos de una resolución relativa a la competencia de los agentes fiscales que emitió el año pasado. El texto contiene fuertes cuestionamientos técnicos y jurídicos, pero también una consecuencia política directa: desautorizarlo frente a sus subalternos, en un momento en el que se discute su continuidad al frente del Ministerio Público.

En concreto, el máximo tribunal bonaerense, cabeza del poder judicial de la Provincia, anuló el artículo 1 -incisos a, b, c, g, h, i, j, k, l y m- y el artículo 2 de la resolución 315/18, publicada el 27 de abril del año pasado, donde Conte Grand buscó resaltar “la relevancia de las materias involucradas en el ámbito de actuación del Ministerio Público Fiscal en asuntos extrapenales”, según el comunicado del MPF, en especial “en orden a la defensa de los derechos y garantías de los habitantes de la provincia de Buenos Aires”.

TE PUEDE INTERESAR

Para eso determinó una serie de “materias” en las que se ampliaría la competencia de los fiscales, y que van desde la “defensa del ambiente y los recursos naturales”, el “patrimonio histórico”, hasta los “usuarios y consumidores”, el “transplante de órganos” y varios más. En llano: Conte Grand, de manera unilateral, le dio a los fiscales competencia en materia civil, comercial y laboral, que tienen muy excepcionalmente, porque actúan normalmente en el fuero penal, y solo tienen intervención en esos temas muy rara vez.

Pero se encontró con un duro y unánime rechazo de la Corte, que le hizo saber que las situaciones referidas “carecen de preceptos legales expresos que habiliten la intervención”, por lo cual, sostiene, no tienen “regulación legal expresa las intervenciones”. Además, atribuye a Conte Grand un “exceso competencial” por cuanto buscó excederse de las “cuestiones internas de la organización” del Ministerio, donde están los límites de su jurisdicción.

“Corresponde declarar la nulidad parcial de la Resolución P.G.. N° 315/18, por incompetencia para reglamentar cuestiones vinculadas a la aludida intervención de los Agentes Fiscales, disposición que, a su vez, posee vicios en su objeto, en tanto se alteraría el espíritu de las normas procedimentales por vía reglamentaria”, escribieron los ministros de la Corte, dejando en una situación vergonzosa a Conte Grand.

El texto, que lleva la firma del presidente Eduardo De Lázzari, y de los ministros Héctor Negri, Daniel Soria, Luis Genoud, Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani y Sergio Torres fue publicado, por orden del tribunal, en el sitio web de la Corte y en el Boletín Oficial, pero además fue comunicado de manera directa a “los organismos jurisdiccionales”, una forma poco sutil de someter a Conte Grand al escarnio público en una situación que muchos consideran "inédita" en la historia del Poder Judicial bonaerense.

Vale recordar que el Procurador, nombrado por María Eugenia Vidal en reemplazo de María del Carmen Falbo, a quien “invitó” a renunciar, es cuestionado por la oposición, que lo acusa de ser funcional a los objetivos políticos de Cambiemos. También le achacan responsabilidad en la “persecución política” contra magistrados bonaerenses.

Por eso varios legisladores anticiparon que buscarán la remoción del funcionario, a pesar de que ostenta un cargo vitalicio, y de las intenciones declaradas por él mismo de permanecer en él una vez que expire el mandato de su jefa política, la gobernadora María Eugenia Vidal.

TE PUEDE INTERESAR