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Jubilados: ¿Quiénes pueden sacar la Fe de Vida cada seis meses?

Los jubilados y pensionados deben realizar el trámite "Fe de Vida" mensualmente para cobrar sus haberes. Sin embargo, existen otros casos.

Desde el pasado martes 1 de marzo, el trámite "Fe de Vida" o "supervivencia" que los jubilados y pensionados deben realizar de forma mensual para cobrar sus haberes en la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), es obligatorio.

Por pedido de la ANSES, los bancos deben garantizar a los usuarios diversos modos a la hora de realizar este trámite y así "ofrecer a los jubilados y pensionados la posibilidad de que puedan acreditarla de forma digital, sin necesidad de recurrir a las sucursales", explicó la entidad algunas semanas atrás.

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De esta manera, los usuarios pueden elegir cuál es la manera en la que prefieren realizar la Fe de Vida, tanto ellos mismos como también su apoderado. Para conocer de qué manera desarrollarlo virtualmente, hay que ingresar a las páginas oficiales de los bancos.

¿Quiénes pueden sacar la Fe de Vida cada seis meses?

Según informó el Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires (IPS), los jubilados y pensionados con residencia en el exterior son quienes deben presentar el trámite Fe de vida cada seis meses. De esta manera, podrán percibir sus haberes con normalidad.

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Los jubilados y pensionados deben realizar el trámite "Fe de Vida" cada tres meses para cobrar sus haberes. Sin embargo, existen otros casos.

Los jubilados y pensionados deben realizar el trámite "Fe de Vida" cada tres meses para cobrar sus haberes. Sin embargo, existen otros casos.

Las y los beneficiarios en el extranjero deben presentarse personalmente en el Consulado argentino o ante la autoridad del Estado donde residen (comuna o ayuntamiento) a los efectos de obtener su certificado de supervivencia.

En caso de no presentar el certificado, el organismo manifestó que se suspende el pago de haberes, para su posterior baja en caso de no regularizar la situación en los próximos tres meses. Para conocer cómo tramitar el certificado en ambos casos, ingresá a este link.

¿Qué se necesita para realizar el trámite de ANSES?

Para realizar este trámite de ANSES, se debe contar con una tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria donde se depositan los haberes o haber registrado la huella digital en los diferentes tótems de los bancos o de las oficinas de la entidad. El trámite es completamente gratuito.

La Fe de Vida o supervivencia debe acreditarse todos los meses y la gestión puede realizarse a partir de los 3 días previos al cobro de jubilación. En el caso de los apoderados, es decir, los representantes de los jubilados o pensionados que no pueden acercarse a realizar el trámite ellos mismos; la gestión se realiza en los mismos tiempos y formas que los titulares de los haberes.

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