Política y Economía
AVAL DE AIPEPBA

Colegios Privados, a favor de deducir el Impuesto a las Ganancias del pago de las cuotas

La Asociación de Instituciones de Enseñanza Privada (AIEPBA) avaló la propuesta para deducir por gastos educativos parte del Impuesto a las Ganancias,

Mientras el Congreso debate una propuesta para que puedan deducirse por gastos en educación hasta el 40 por ciento del Impuesto a las Ganancias, la Asociación que congrega a los colegios privados de la provincia de Buenos Aires (AIEPBA) manifestó su apoyo aunque planteó algunas dudas.

La propuesta, planteada en el marco del debate por la Ley de Presupuesto para 2023, contempla que el pago de las cuotas en colegios privados, cursos y capacitaciones entre otros gastos educativos, puedan ser deducidos.

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El Secretario Ejecutivo de AIEPBA (acrónimo de Asociación de Instituciones de Enseñanza Privada de la Provincia de Buenos Aires), Martín Zurita, consideró que la idea va en el sentido de considerar a la Educación "una inversión" y que, por lo tanto, "desde el punto de vista impositivo, debe imputarse en ese renglón y debe ser deducido del impuesto que grava las ganancias de particulares”.

Zurita reconoció a la par que, aun cuando entre en vigencia esta propuesta, una “deducción en el pago de Impuesto a las Ganancias no logrará reducir la morosidad que registra el sistema y tampoco va a llevar a más gente a la educación privada. Este beneficio, si se aprueba, estará apuntado a un segmento de padres que pagan aproximadamente 20 o 25 mil pesos de matrícula y entonces no habrá diferencias en cuanto al número de inscriptos en nuestros establecimientos”.

El directivo consideró que “impactará sobre familias que siempre encuentran la forma de pagar la educación de sus hijos. Pero insistimos en que resulta clave que por primera vez se reconozca a la educación como una inversión”.

Qué dice la propuesta para deducir la Educación del Impuesto a las Ganancias

Esta semana, en la comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados se incorporó un artículo para establecer una deducción de hasta el 40 % de los gastos educativos que tiene la familia, que incluyen las cuotas de los colegios privados.

La intención es que se incluyan todos los gastos escolares, desde la cuota del colegio privado, hasta, por ejemplo, un curso de computación o la compra de un libro. Los detalles quedarán establecidos en la reglamentación de la norma.

La modificación impactará en el formulario 572 (SIRADIG) que corresponde a los empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y quienes ejercen cargos públicos (sujetos de la cuarta categoría, artículo 82, inciso a, b y c) ya que hasta el momento no existía un ítem específico para deducción de gastos en educación.

Hasta ahora, a diferencia de los sujetos autónomos, el artículo 85 de deducciones generales de la Ley de Ganancias, no le permitía deducir al sujeto sus propios gastos en educación como sí lo hace en salud, vivienda, seguros de vida, entre otros, ítems.

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