Sociedad
ANOCHE EN LA PLATA

Nació un 7° hijo varón que debería apadrinar el Presidente

La madre es de Berisso y si bien conoce la ley, no sabe como contactar al Presidente Fernandez para que se anoticie de que dio a luz su séptimo hijo varón

En la noche de ayer jueves, Soledad Villamayor de 38 años, oriunda de la ciudad de Berisso, fue mamá por séptima vez de un hijo varón en el Hospital Policlínico San Martín de la Capital bonaerense.

El pequeño lleva el nombre Benicio, y su padre es Tomás Filippín.

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Según informó telefónicamente la madre a INFOCIELO, el parto fue normal, el bebé pesó 3 kilos y 350 gramos y nació a las 22.39 de la noche, en la sala 12 bis de la maternidad del nosocomio.

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Benicio seguramente podrá tener el beneficio del padrinazgo presidencial por la tradición de ser séptimo hijo varón

Benicio seguramente podrá tener el beneficio del padrinazgo presidencial por la tradición de ser séptimo hijo varón

El parto de su madre Soledad estuvo asistido por la licenciada Carolina Bustamante y un enfermero de nombre Daniel.

Por tradición y de acuerdo a la ley 20843 el pequeño debería ser apadrinado por el presidente que esté a cargo de la primera magistratura nacional al momento del nacimiento, por lo tanto Alberto Fernández tendrá un nuevo ahijado desde anoche.

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Anoche nació Benicio, el séptimo hijo varón de Soledad con 3 kilos 350 grs. Debería poder acogerse a la ley 20843 de padrinazgo presidencial

Anoche nació Benicio, el séptimo hijo varón de Soledad con 3 kilos 350 grs. Debería poder acogerse a la ley 20843 de padrinazgo presidencial

La madre sólo tuvo hijos varones y este será el séptimo, lo cual por costumbre la habilita para que el niño obtenga los beneficios que prevé la ley promulgada en 1974.

Sólo falta que se le haga saber a Presidencia de la Nación de esta situación que ya tuvo muchos antecedentes antes y después de que la ley entrara en vigencia hace casi 50 años.

Soledad Villamayor fue primeriza a sus 17 años y su hijo más grande tiene 21 años, lo cual le da un promedio de 1 bebé varón cada 3 años desde 1999 hasta ahora.

¿De que se trata la ley de padrinazgo presidencial?

Es una legislación que cuenta con 5 artículos en la cual el último es sólo de forma pero en los 4 primeros se especifica el beneficio para toda persona apadrinada por el presidente.

ARTICULO 1º — A partir de la promulgación de la presente ley, toda persona, cualquiera sea su edad, que haya sido apadrinada por el titular del Poder Ejecutivo, tendrá derecho a que el Estado nacional le asegure la realización gratuita de los estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial que curse en establecimientos educativos oficiales.

ARTICULO 2º — Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la suma anual necesaria para el otorgamiento de las becas de estudio instituídas por el artículo anterior.

ARTICULO 3º — El Poder Ejecutivo, al reglamentar el sistema de becas por padrinazgo presidencial, deberá contemplar la provisión de libros y útiles y todo aquello que sea inherente al alojamiento, alimentación y recreación del becario.

ARTICULO 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma, hasta su inclusión en el presupuesto general de la Nación.

Como puede leerse en ningún momento se consigna en esa ley lo del Séptimo hijo varón (ni tampoco Séptima hija mujer), lo que se ha transformado en una tradición.

Lo que sí existió fue un decreto presidencial de 1973 que mencionaba y contemplaba esa situación pero que luego fuera superado con esta ley de padrinazgo, menos específica en cuanto al tema de la maternidad de séptimos hijos, pero más detallada en sus beneficios.

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El decreto del año 1973, previo a la ley del 74, que sí especificaba lo del Séptimo hijo

El decreto del año 1973, previo a la ley del 74, que sí especificaba lo del Séptimo hijo

La historia del origen de la tradición del "Lobizon o la bruja" es interesante e íntegramente bonaerense.

La tradición de los séptimos hijos tiene sus raíces en la gran inmigración rusa en Argentina y en la creencia de que el séptimo hijo varón es hombre lobo y la séptima hija mujer bruja.

En la Rusia zarista de Catalina la grande se otorgaba el padrinazgo imperial, que daba una protección mágica contra estos males y evitaba que los niños fueran abandonados.

En 1907 Enrique Brost y Apolonia Holmann, una pareja rusa que se radicó en la Argentina, dio a luz a José Brost, su séptimo hijo varón en Coronel Pringles (Provincia de Buenos Aires).

Debido a esto envían una carta al Presidente José Figueroa Alcorta para que lo apadrinara. Allí comienza la tradición que además le otorga al ahijado una beca asistencial para contribuir con su educación (que se ve plasmada en la ley vigente) y también de alimentación.

El 28 de septiembre de 1974, María Estela Martínez de Perón convierte esta tradición en ley, sin la especificidad manifiesta de que sea a un séptimo hijo o hija que tenía el decreto del año 1973, pero que se mantiene como tradición no legislada.

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