HASTA EL 28 DE FEBRERO

Se extiende el cierre de fronteras para extranjeros no residentes

Así lo estableció el gobierno para prevenir la llegada de la segunda ola de coronavirus. Será hasta el 28 de febrero.

El gobierno nacional prorrogó el cierre de fronteras para extranjeros no residentes en el marco de las medidas de prevención por la pandemia de coronavirus. Será hasta el 28 de febrero.

Desde Casa Rosada ya habían advertido que se permitirá salir del país, pero esta vez no se podrá garantizar vuelos de repatriación en caso de la llegada de la segunda ola del virus en la Argentina.

TE PUEDE INTERESAR

El ojo está puesto en los vuelos que puedan llegar desde el Reino Unido, en donde actualmente se identificó la nueva cepa del COVID y que según informaron varios científicos, se trata de una más contagiosa. De esta forma, desde el ministerio de Salud aseguraron que se "ha formulado un nuevo informe a través del cual se recomienda el mantenimiento y la adopción de nuevas medidas preventivas en resguardo de la salud pública".

El nuevo decreto firmado por el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, incorpora la prohibición del ingreso de los “vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ante el nuevo linaje en la secuenciación de muestras locales, respecto al ingreso de personas".

En la decisión administrativa se agrega además que, tanto “los operadores de transporte, transportistas y tripulantes” deberán realizarse un hisopado “para determinar que no sufren de COVID-19, previo al ingreso al país, u otras que estime pertinentes".

5ffe4c9bccae7.jpg
Se extiende el cierre de fronteras para extranjeros no residentes hasta el 28 de febrero

Se extiende el cierre de fronteras para extranjeros no residentes hasta el 28 de febrero

Además, se "recomienda a los nacionales o extranjeros residentes en el país, y, en particular, a los mayores de 60 años de edad o a personas pertenecientes a los grupos en riesgo definidos por la autoridad sanitaria, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales".

"La salida y el reingreso desde y hacia el país -precisa la norma- implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de Argentina al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma; tal y como la imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con COVID-19, la necesidad de contar con un servicio de salud del viajero COVID en el exterior para la cobertura médica y/o aislamiento, y de denunciar los lugares en donde estuvo en los últimos 14 días previos al reingreso al país, entre otros", informaron desde el ministerio de Transporte de la Nación.

TE PUEDE INTERESAR