OTRO REVÉS PARA EL GOBIERNO

La Corte Suprema estableció límites en las escuchas y pidió una ley para su uso

El máximo órgano de Justicia del país exhortó a los jueces para que se rijan desde nuevo parámetro respecto a las escuchas. Los cinco jueces de la Corte fueron categóricos al explicar que aquellos magistrados que se salgan de la norma “merecer el máximo repudio social, pues constituyen un atentado a la confianza pública”.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió reglamentar el uso de las escuchas en procesos judiciales, a raíz de las escandalosas difusiones de conversaciones privadas en algunos medios de comunicación.

Entre ellas, la de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y algunos ex funcionarios que permanecen detenidos. La medida, además, toma cartas en el asunto luego de que se conociera el enorme entramado de espionaje y extorsión que lideraba el agente inorgánico de la DEA, Marcelo D´Alessio y en el cual también tomó un rol protagónico algunos miembros de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).

TE PUEDE INTERESAR

El fallo no llega en un momento casual: se da precisamente luego de que se ventilaran conversaciones entre algunos presos K, a la cual algunos periodistas denominaron “Operación Puf” y analizaron que se trataba del armado de la causa que hoy lleva en sus manos el juez Alejo Ramos Padilla.

Ahora, la Corte estableció una especie de manual de cómo y cuándo deben ser utilizadas las escuchas frente a personas involucradas en procesos judiciales. Algo que a priori podría poner en desventaja al oficialismo, cuando se sabe que todavía queda un stock de audios y conversaciones filtradas ilegalmente y que dejarían mal parado a ex funcionarios del gobierno kirchnerista. 

Según el documento del máximo órgano de Justicia, se prohíbe taxativamente la “excusión a pesca”, un mecanismo generalmente utilizado por algunos jueces y que consiste es pinchar los teléfonos para luego recién investigar.

Es decir, la Corte busca que existan reales sospechas o puntas de una investigación para avanzar con el sistema de las escuchas. A su vez, determina que estas no podrán ser editadas para que no se den interpretaciones subjetivas y deja este trabajo a manos de la AFI.

En este sentido, los cinco jueces de la Corte fueron muy duros al expresar que aquellos magistrados que no obedezcan este procedimiento, deberán recibir algún tipo de sanción, así como “merecer el máximo repudio social, pues constituyen un atentado a la confianza pública”.

“La interceptación de comunicaciones es una medida judicial de investigación excepcional. Será ordenada con criterio restrictivo atendiendo de forma especial a su razonabilidad para el esclarecimiento y resolución del delito”, detallaron.

También, en el mismo fallo, el Tribunal envió una clara señal a los diputados y senadores pidiendo un “pronto tratamiento del proyecto de ley (S-979/18) destinado a regular la cadena de custodia de las interceptaciones”.

TE PUEDE INTERESAR