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Elecciones PASO 2021: ¿Qué hago si no puedo ir a votar?

Las personas que no voten en las elecciones del próximo domingo deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral.

Este domingo 12 de septiembre son las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), que definirán a los candidatos que competirán por bancas en el Senado y la Cámara de Senadores en las elecciones generales del próximo 14 de noviembre.

Las personas que el próximo 12 de septiembre no emitan su voto corren riesgo de ser sancionados, por lo que deben justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta, ingresando en el Registro de Infractores.

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En la página del Registro de Infractores se deberá indicar los datos de la persona, DNI, sexo y distrito. De esta forma se dará inicio a la gestión para agregar el causal de la ausencia y la documentación probatoria.

¿En qué casos estoy exceptuada o exceptuado de asistir a votar?

  • Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
  • Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
  • Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
  • Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
  • Si por razones de trabajo debés estar ocupado durante las horas que dura de acto electoral (entre las 8 y 18 horas), tenés derecho a que tu empleador te autorice a concurrir a votar o a desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario u ulterior recargo de horario.
  • Los ciudadanos en aislamiento por contagio confirmado de Covid-19 o que tengan síntomas compatibles ("caso sospechoso") con esa enfermedad, al igual que aquellos que sean "contacto estrecho" de otro contagiado, estarán autorizados legalmente para no votar en las elecciones de este año.

¿De cuánto es la multa por no votar?

El Código Nacional Electoral establece una multa de $50 en las PASO y $100 en las elecciones generales. Si no se abona esta multa, el ciudadano estará registrado como infractor y no podrá hacer trámites durante un año. Tampoco podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

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