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reactivar la economía

Cuarentena en La Plata: taxis, remises y transportes escolares podrán trabajar como delivery y fletes

La propuesta fue aprobada este miércoles y lo confirmó el intendente de La Plata, Julio Garro. "Queremos motorizar la economía local, pero necesitamos el compromiso de todos para seguir cuidándonos”.

Este miércoles, el Concejo Deliberante local, aprobó la propuesta avalada por la Asociación Taxistas, Peones y Choferes, la Asociación Civil de Repartidores Independientes y la Federación Argentina de Remis, con el objetivo de que puedan prestar el servicio de reparto a domicilio y con ello contrarrestar en parte el impacto económico generado por la pandemia.

En este marco, taxis, remises y transportes escolares que se encuentran habilitados por la Comuna, podrán sumarse a las tareas de delivery, flete y entrega a domicilio, para lo cual deberán cumplir con los protocolos y disposiciones sanitarias establecidas.

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“Hoy, nuestra principal preocupación es cuidar la salud de todos, pero también sabemos que hay muchos sectores que están atravesando un momento muy difícil”, expresó Garro, y valoró: “Por eso, estamos trabajando diversas medidas que permitan reactivar la economía, como en este caso redistribuir el funcionamiento del transporte público, sin dejar de cuidar a los platenses”.

De acuerdo a los alcances de la medida, “la habilitación establecida solo abarca insumos u objetos producto de las actividades autorizadas por la Comuna”, en tanto que “las tarifas establecidas para dicho servicio deberán ser las actuales vigentes al momento de sanción de la presente Ordenanza”.

Asimismo, la presente iniciativa prevé que "cada conductor/a de taxis, remises, o transportes escolares autorizados, deberá cumplir con todas las medidas y protocolos de salubridad legalmente establecidos, siendo pasibles de las sanciones dispuestas en caso de infracción configurada”.

En este contexto, el servicio habilitado sólo podrá otorgarse en los horarios de 8:00 a 24:00 horas; mientras que fuera de la franja horaria establecida deberá acreditarse debidamente la urgencia según disponga la reglamentación.

Conjuntamente, se anticipó que “quienes conduzcan los vehículos no pueden encontrarse en los grupos de riesgo determinados”, y se estipuló: “De hallarse en dicho agrupamiento deberán presentar obligatoriamente un certificado médico ante la Autoridad de Aplicación que determine el Poder Ejecutivo mediante la respectiva reglamentación”.

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