Polémicamente ético

Cruzada de Julio Conte Grand para "limpiar la imagen" de los fiscales bonaerenses

El Procurador General publicó un "Código de Ética" que aplica a fiscales, defensores y funcionarios del Ministerio Público. Busca sanear la imagen de la institución a partir de los últimos hechos de corrupción que salieron a la luz. Polémica.

El Procurador General de la provincia de Buenos Aires aprobó mediante Resolución N°32/19 el Código de Ética del Ministerio Público bonaerense. En el mismo prohíbe a fiscales y defensores recibir dádivas o donaciones, participar de actos políticos y utilizar los recursos públicos en beneficio propio o de terceras personas, así como del uso incorrecto de la información.

Se trata de un ordenamiento y sistematización de los principios, deberes y prohibiciones que guían el actuar de los miembros del Ministerio Público y fija estándares de cumplimiento, “con el objetivo común de avanzar hacia la excelencia en la prestación del servicio de justicia”.

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El código se aplicará a la totalidad de 8508 agentes, divididos en 617 fiscales, 433 defensores, 48 asesores, 15 curadores, y empleados y jerárquicos (Secretarios).

Esta disposición desata la polémica dentro del ámbito fiscal. Es que el mismo Conte Grand tiene denuncias en su contra por aprietes. Lo que, claramente, va en contra de un ordenamiento ético. Sin ir más lejos, en octubre pasado recibió dos denuncias, la primera de Víctor Violini, juez de casación bonaerense y presidente de la Asociación de Magistrados. El magistrado apuntó contra el jefe de los fiscales de la Provincia al sugerir que "persigue" a jueces y que "filtra" a la prensa escuchas de causas delicadas.

La segunda denuncia la emitió Luis Carzoglio, de Avellaneda, quien apuntó con las maniobras de los aprietes, vía filtraciones, a la Procuración General de la Corte, a cargo de Conte Grand.

Específicamente el código que, polémicamente, lanza Conte Grand prohíbe a fiscales, defensores y familiares de los mismos “recibir dádivas, regalos, obsequios o donaciones, sean de cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones".

Respecto a los obsequios que sean de cortesía o de “costumbre diplomática”, según la nueva normativa deberán registrarse e incorporarse como patrimonio del Estado.

Por otro lado, se establece que los funcionarios “no pueden participar de actos de índole político partidario, evitando pronunciarse públicamente, implícita o explícitamente, acerca de su filiación política o afinidad", y  "deben abstenerse de participar en actividades, situaciones o comportamientos incompatibles con sus funciones o que puedan afectar su independencia de criterio o credibilidad en el desempeño del cargo".

Los funcionarios tampoco podrán utilizar la propaganda institucional o los recursos públicos para la "promoción personal del nombre", ni usar información adquirida en cumplimiento de sus funciones para actividades no relacionadas a sus funciones.

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