BOLETÍN OFICIAL

Se reglamentó el cupo laboral trans en el país

La norma se aprobó el 24 de junio pasado por el poder ejecutivo. Hoy se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del cupo laboral trans.

El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 27.636 de Promoción al Empleo para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero, conocida como Ley de Cupo laboral trans, sancionada en junio pasado por el Congreso Nacional. La reglamentación se publicó en un decreto del Boletín Oficial.

El cupo laboral trans se aprobó el 24 de junio pasado por el Poder Legislativo y fue promulgada a principios de julio por el Poder Ejecutivo. Establece que los tres poderes del Estado Nacional, los ministerios públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas y sociedades del Estado deben ocupar en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal, puestos de trabajo con personas travestis, transexuales y transgénero, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.

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La norma publicada en la edición de hoy del Boletín Oficial lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y de la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

Que establece la reglamentación

La reglamentación de la norma publicada hoy en el Boletín Oficial determina, entre otras dispocisiones, que, en caso de "un empate de ofertas", se dará "prioridad en las contrataciones del Estado" a aquellas empresas que "en su planta laboral posea a personas travestis, transexuales y transgénero".

"En el caso de que varias de las empresas igualadas incluyan en su plantel a personas con dichas identidades, deberá priorizarse al oferente que posea el mayor porcentaje de personas travestis, transexuales y transgénero en sus puestos de trabajo. Con el fin de hacer valer esta preferencia, los oferentes deberán acreditar fehacientemente la relación laboral con el aludido personal y, en su caso, la cantidad mediante la presentación de la documentación que acredite el vínculo laboral", indica la reglamentación elaborada por el Poder Ejecutivo.

Por otro lado, serán puestos a disposición de los organismos "materiales de capacitación y lineamientos generales sobre sensibilización y capacitación con perspectiva de género y diversidad sexual que tengan como fin la efectiva integración de las personas travestis, transexuales y transgénero en los ámbitos laborales".

En el acto de promulgación de esta norma, en julio pasado, el presidente Alberto Fernández había resaltado que "hay quienes creen que dar derechos es un problema porque rompe el status quo, creen que es mejor un país con derechos para algunos", y señalado que desde que el Frente de Todos llegó al Gobierno, se propuso la "ampliación" de los mismos.

"Una sociedad que descarta a su gente, es una horrible sociedad", había postulado el mandatario, a la vez que había remarcado que, en cambio, "la mejor Argentina es la que da derechos".

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