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El Gobierno de Vidal dio detalles del bono de $3000 para estatales: cómo y quiénes lo cobrarán

La Gobernadora le otorgará a los empleados públicos de Buenos Aires un bono "no remunerativo no bonificable 2019” en dos cuotas de 1500 pesos que serán abonadas el día 20 de septiembre y el 18 de octubre de 2019.

El gobierno de la provincia de Buenos Aires informó este jueves cómo será la instrumentación del bono de $3000 para los trabajadores de la administración pública bonaerense que fue anunciado días atrás. Según el instructivo, se pagará en dos cuotas iguales de $1.500.

La primera cuota será abonada el día 20 de septiembre y la segunda el 18 de octubre de 2019, y se pagará al personal que esté activo al momento del pago de cada una de ellas. Se trata de una suma no remunerativa y no bonificable que alcanzará a todo el personal activo, mientras que habrá otro de 2.100 pesos para el personal pasivo, de la Administración Pública Provincial, conforme las pautas que se detallan.

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Respecto al personal activo, la provincia detalló que el bono de tres mil pesos es una suma única y fija, para cualquiera que sea el organismo/modalidad/estatuto legal bajo el que los agentes efectúen la prestación de los servicios.

Lo percibirán agentes que, en el mes de agosto de 2019, hayan percibido una retribución mensual neta de descuentos asistenciales y previsionales, conformada por aquellos rubros salariales sean remunerativos o no remunerativos, regulares, habituales y permanentes, con exclusión de horas extras y asignaciones familiares, de hasta pesos treinta y ocho mil trescientos ($38.300).

Personal alcanzado

a) Ley N° 10.430 de plantas permanente -con estabilidad- y temporaria (transitoria mensualizada, de gabinete y secretarios privados).
b) Carrera Profesional Hospitalaria Ley N° 10.471 y Residentes.
c) Becarios del Ministerio de Salud.
d) Técnico Gráfico Ley N° 10.449.
e) Dirección de Vialidad Ley N° 10.328.
f) Ley N° 12.268 -Régimen de las Actividades Artísticas, Técnicas y Complementarias-.
g) Comisión de Investigaciones Científicas Decreto-Ley Nº 9.688/81 y Ley Nº 13.487.
h) Hipódromos.
i) Casinos bajo jurisdicción del Instituto Provincial de Lotería y Casinos.
j) Ley Nº 10.384 -Estatuto Escalafón para el Personal de Ex Obras Sanitarias.
k) Dirección de Energía CCT N° 36/75.
l) Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA).
m) Ente Administrador Astillero Río Santiago personal convencionado del CCT N° 91/75
y no convencionado.
n) Personal de la Subsecretaría de Industria, Minería y Actividades Portuarias del Ministerio de Producción bajo CCT N° 24/75, N° 164/75 y N° 40/91E.
o) Servicio Penitenciario Bonaerense Decreto-Ley N° 9.578/80
p) Policías de la Provincia de Buenos Aires Ley N° 13.982.
q) Poder Judicial Ley 10374.

Mientras que no podrán percibir del bono el personal bajo Ley N° 10579; el jerarquizado superior y de planta permanente sin estabilidad; contratados por locación de servicio u obra, cualquiera sea el marco legal del contrato; y los cadetes del Servicio Penitenciario Bonaerense y de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.

A su vez, las autoridades provinciales aclararon que quienes se encuentren percibiendo anticipo jubilatorio en el mes de agosto de 2019 y hubieran obtenido el cese por jubilación con anterioridad al 31 de agosto de dicho año, les corresponde el bono de $2.100 a ser abonado por el Instituto de Previsión Social al momento del pago de la prestación previsional.

 

Bono para personal pasivo

 

En este caso, el monto de la bonificación es de 2.100 pesos por persona, con prescindencia de si el agente pasivo percibiere beneficios simultáneos de jubilación o retiro y pensión.

Pueden recibirlo los agentes pasivos que, en el mes de agosto de 2019, hayan percibido un haber mensual neto de descuentos de ley, con exclusión de asignaciones familiares, de hasta 38.300 pesos

El personal alcanzado incluye a beneficiarios de haberes jubilatorios y/o pensiones contributivas del Instituto de Previsión Social; beneficiarios de jubilaciones, retiros y pensiones contributivas de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.

Mientras que los beneficiarios de jubilaciones y/o pensiones correspondientes a la Ley 10.579 están excluidos.

En este caso también se abonará en dos cuotas iguales de $1.050, las cuales serán abonadas el día 20 de septiembre la primera cuota y el 18 de octubre de 2019 la segunda.

 

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