CUHC

Vuelta a clases: quiénes deben tramitar el permiso de circulación

En la previa del inicio de clases, el Gobierno informó cómo tramitar el certificado de circulación para docentes, no docentes, estudiantes y acompañantes.

En la previa de la vuelta a clases y a medida que cada jurisdicción informe su decisión, trabajadores, estudiantes y acompañantes podrán solicitar el Certificado Único Habilitante para la Circulación (CUHC) y utilizar el transporte público urbano, interurbano e interjurisdiccional para trasladarse a las escuelas.

De acuerdo al Decreto 67/202, publicado en el marco del inminente regreso a las aulas, deberán tramitar el permiso para trasladarse hacia los establecimientos el personal docente y no docente vinculado a tareas en instituciones educativas, estudiantes que viajen solos y adultos que acompañen a los alumnos.

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Estudiantes que viajen solos:

  • Menores de 13 años: el trámite debe realizarlo un adulto responsable y el/la estudiante lo puede llevar impreso.
  • Mayores de 13 años: puede tramitarlo el/la estudiante o persona adulta responsable y llevarlo impreso, en PDF en el celular o vinculado a la app Cuidar.

Adultos que acompañen a las/los alumnos:

  • El trámite del CUHC debe realizarlo solo la persona adulta.
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La reanudación de las clases presenciales será decidida e instrumentada por cada jurisdicción 

La reanudación de las clases presenciales será decidida e instrumentada por cada jurisdicción

Según destacaron desde el Gobierno nacional, el permiso puede solicitarse en la web www.argentina.gob.ar/circular y no tiene vencimiento. Luego de señalar si se posee DNI argentino, debe consignarse el lugar de destino, seleccionar la opción “Ir a un establecimiento educativo a trabajar o estudiar” y detallar el motivo (trabajo, estudiante o adulto responsable). Además, es necesario informar el número de la tarjeta SUBE para traslados en transporte público de pasajeros urbano, interurbano o interjurisdiccional.

Vale recordar que la medida fue tomada por el Poder Ejecutivo nacional y publicada en el Boletín Oficial el pasado 29 de enero y dispuso que la efectiva reanudación en cada jurisdicción será decidida e instrumentada por las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Además, estableció la extensión del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) hasta el 28 de febrero de 2021.

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