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Clases presenciales: la Fundación Apolo va a la Justicia

La Fundación Apolo presenta un amparo en la Justicia para que abran las escuelas en la Provincia. Qué dicen sobre la suspensión de las clases presenciales.

La Fundación Apolo presentó una acción de amparo ante la Justicia de la provincia de Buenos Aires para impugnar el DNU 287/2021 y el Decreto 270/2021, que dictaron, respectivamente, el presidente Alberto Fernández y el gobernador Axel Kicillof, mediante los cuales se dispuso el cese de las clases presenciales.

Con esta acción judicial -presentada a través del Equipo de Activismo Judicial que coordina José Magioncalda y que lleva la firma del letrado de la Fundación Juan Pablo Pane en representación de la Sra. Norma Beatriz Sosa, madre de un niño en edad escolar- se reclama una solución de carácter colectivo que se aplique a todas las escuelas de la Provincia, conforme lo normado en el artículo 43 de la Constitución Nacional, que señala que cualquier persona puede interponer una acción de amparo contra los actos u omisiones de las autoridades que restrinjan o amenacen sus derechos y garantías constitucionales.

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En el amparo, se advierte que, a través de estas normas que emanan de Nación y Provincia, los derechos fundamentales y garantías reconocidos en nuestra Ley Suprema se vulneran de manera ilegítima, arbitraria e irracional por donde se miren. Así como también se quebrantan los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional más elementales sobre los derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

Según destacan desde la Fundación Apolo, estos pactos y tratados internacionales —además de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre tantos otros, la Convención y la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención contra la Discriminación en Educación— hacen especial hincapié en que "todas las personas deben gozar del derecho a la educación como derecho fundamental universal".

Los decretos dictados —disfrazados de aparente necesidad y urgencia— pretenden, en cambio, establecer de manera arbitraria una limitación y un cercenamiento obscenos del derecho a la educación de nuestros niños, que necesitan imperiosamente asistir a los jardines de infantes, colegios primarios y secundarios, puesto que los especialistas y la ciencia ya han asegurado, una y mil veces, que las escuelas abiertas no implican un riesgo epidemiológico.

Esta acción de amparo colectivo quedó radicada en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, provincia de Buenos Aires.

Hacé CLICK ACÁ para acceder al amparo.

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