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Conducía borracho y sin licencia

Tornquist: lo condenan por la muerte de su hijo en un choque

Un hombre fue condenado a dos años de prisión por la muerte de su hijo, menor de edad, en un siniestro ocurrido en febrero de 2017

Un motociclista fue condenado por la justicia de Tornquist por la muerte de su hijo al que llevaba en un ciclomotor y de manera irresponsable produjo un choque contra un auto en febrero de 2017, informaron fuentes judiciales.

El accidente fatal ocurrió el 17 de febrero de 2017 en la intersección de la Avenida Alem y la calle Libertad, cuando un hombre llevaba en una moto a su hijo y embistió a un auto, un Volkswagen Quantum.

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Por el impacto con la puerta lateral izquierda el menor falleció y la UFI N° 1 del fiscal Cristian Aguilar llevó adelante la investigación penal.

Los instructores judiciales detectaron que el conductor de la moto, identificado como Eduardo Palavecino, le había puesto al hijo un casco vencido y de un tamaño que no corresponde, conducía alcoholizado, sin licencia, sin la luz delantera y en ojotas, y no respetó la prioridad de paso del auto.

Ante estos agravantes el Juzgado Correccional N°1 del juez Gabriel Giuliani condenó con dos años de prisión con ejecución condicional y cinco años de inhabilitación para conducir a Palavecino.

En los fundamentos del fallo se explicó: “No puedo dejar de tener en cuenta, que si bien es cierto la víctima de autos resulta ser el hijo del imputado, lo que en un sentido reduccionista llevaría a la aplicación de pena natural, las circunstancias que rodearon el caso no habilitan, a mi juicio, la eximición de la pena. Toda vez que el hecho juzgado no fue abarcativo sólo del accionar típico de un caso culposo donde la imprudencia del autor se encuentra dada en soledad por una maniobra ínsita en la acción de manejo con la consecuente creación del riesgo. Sino más bien el mismo estuvo precedido de una ingesta alcohólica (1,10 gramos de alcohol en sangre, conforme pericia de fs. 167) que aumentó más aún el riesgo propio creado por la conducción vehicular.

Es decir, el encartado, no sólo no tenía autorización estatal para circular, ni tampoco el rodado se hallaba en condiciones de hacerlo por las deficiencias propias del mismo, más allá de su falta de seguro y de circular por una arteria que no le habilitaba la prioridad de paso, como así también trasladaba a su hijo menor sin las precauciones debidas, sino que lo hacía con alcohol en sangre en su cuerpo, más allá de lo permitido por la ley de tránsito nacional, siendo ello determinante en el aumento de tener un debido dominio del rodado en el cual circulaba, aumentando en consecuencia el riesgo de su vida, la de su hijo y terceros”, afirmó el juez en su sentencia.

Por todo ello, el Juez entendió que Palavecino es autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria del vehículo automotor, y por la alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre.

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