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Censo Nacional: ¿es obligatorio responder las preguntas?

Luego de ser suspendido en el marco de la pandemia de coronavirus, el Censo Nacional ya tiene fecha. Qué preguntas hay que responder obligatoriamente.

Tras ser suspendido de forma preventiva en el marco de la pandemia de coronavirus, este martes se conoció que el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas tendrá lugar el 18 de mayo de este año de forma presencial.

Además, por primera vez, quienes prefieran realizarlo vía digital podrán hacerlo a partir del 16 de marzo a través de una computadora, tableta o celular con acceso a internet.

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Los censistas acreditados recorrerán todas las viviendas particulares en áreas urbanas del país. Quienes ya hayan respondido las preguntas online, solo deberán entregar el código alfanumérico de 6 dígitos que se generará automáticamente al completar el cuestionario.

Las personas que habitan en el territorio nacional tienen la obligación de responder todas las preguntas incluidas en el formulario, según establece el artículo 17° del Decreto 726/2020.

"Quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 17.622", aclara la norma.

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El Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas será el 18 de mayo

El Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas será el 18 de mayo

Según aclaran desde la web oficial, la información obtenida solo será utilizada con fines estadísticos, las respuestas son confidenciales y el INDEC no comparte los datos con ninguna persona física ni organismo público o privado.

El censo pregunta sobre sexo y edad, características del hogar y la vivienda, salud, educación, migraciones y ocupación, entre otras cuestiones. Además, por primera vez se indagará por la identidad de género.

Los resultados buscan conocer las principales características demográficas y socioeconómicas de la población que reside en el territorio nacional y sus condiciones habitacionales. También son clave para saber cómo cambió la estructura de la comunidad en la última década.

Por recomendación de la División de Estadísticas de las Naciones Unidas, los censos deben hacerse cada diez años. Preferentemente, en los años terminados en cero, de acuerdo al decreto 3110/70 reglamentario de la Ley 17.622). Sin embargo, esto no siempre fue posible: en Argentina, los censos de 1991, 2001 y 2022 no se llevaron a cabo en los años previstos inicialmente.

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