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ARBA habilita retomar los planes de pago abandonados en la pandemia

La propuesta de ARBA alcanza a más de 82 mil planes que quedaron caducos entre marzo de 2020 y diciembre de 2021. Cómo iniciar el trámite.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) permite a los contribuyentes poder retomar los planes de pago que hayan quedado sin pagar por el impacto de la pandemia de coronavirus.

Así, comprenderá a los que quedaron caducos entre el 1° de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, un total de 82.557 planes de regularización, por un monto de más de 4.800 millones de pesos de deuda en instancia prejudicial y judicial, de todos los impuestos que administra el organismo.

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Según la resolución normativa de ARBA, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, las y los contribuyentes podrán regularizar las deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario, Automotores, Embarcaciones deportivas y sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, cuyos planes de pagos hayan sido otorgados desde el 1º de enero de 2000 y hayan caído por falta de pago durante el período de pandemia.

ARBA-TRAMITES
ARBA habilita retomar los planes de pago abandonados en la pandemia

ARBA habilita retomar los planes de pago abandonados en la pandemia

“Esta medida permitirá que familias y empresas bonaerenses puedan retomar los planes con facilidades para cancelar deudas que se cayeron en el contexto de crisis generado por la pandemia”, dijo el titular del organismo, Cristian Girard.

Vale marcar que esta disposición alcanzará también a los agentes de recaudación y sus responsables solidarios, cuyas deudas provengan de retenciones y/o percepciones no efectuadas, efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, con relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

¿Cómo hacer para retomar el plan de pagos de ARBA?

Las y los contribuyentes que deseen reingresar a la reformulación del plan deberán ingresar a la web de la Agencia de Recaudación haciendo click aquí.

Desde allí, acceder a la aplicación habilitada al efecto. Una vez efectivizada la operación, deberán liquidar los anticipos y las cuotas vencidas e impagas del régimen caído, antes del 1 de enero de 2024.

En el caso de deudas en instancia prejudicial, será necesario además acreditar el pago de costas y gastos del juicio para poder acceder al plan de facilidades.

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